C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230428-28)
Programa actividad física – Orden de 23 de marzo de 2023, conjunta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueba la octava edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023
Pág. 239
conjunta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de la Consejería de Educación,
Universidades, Ciencia y Portavocía de 5 de mayo de 2022, y que ha demostrado la gran
demanda de este programa, llegando a una participación de más de 23.000 alumnos, 25 federaciones y 196 centros de la Comunidad de Madrid, dando muestras de la fortaleza y proyección del mismo. Este dato no solo nos permite avanzar sobre una base sólida, sino que
además impulsa en los IPAFD aún más el fomento y la promoción de la práctica de la actividad física y deportiva entre la población más joven, con los beneficios que estas prácticas reportan.
Este programa tiene como objetivo establecer centros de referencia deportiva que, partiendo de la implicación de la comunidad educativa de cada instituto de enseñanza secundaria u otros centros públicos con alumnado comprendido entre los doce y veinte años de
edad, establezcan medidas que faciliten la práctica de actividad física de sus alumnos y la
incorporación de estos al mundo del deporte y la práctica de actividad física de forma regular y permanente.
En su tramitación se han emitido los informes de la Dirección General de Presupuestos,
de la Dirección General de Tributos, de la Dirección General de Transparencia y Atención
al Ciudadano, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y
Régimen Especial, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades y de la Dirección General de Deportes.
De acuerdo con todo lo anterior, de conformidad con lo previsto en los artículos 41.d)
y 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y a propuesta del Director General de Deportes,
DISPONEMOS
Primero
Aprobación del Programa
1. Se aprueba la octava edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad
Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid” (en adelante, el Programa), que se llevará
a cabo en centros públicos que escolaricen alumnos de entre doce y veinte años.
2. Se regula la selección y participación de los institutos de educación secundaria y de
otros centros públicos con alumnado comprendido entre los doce y veinte años de edad que se
incorporarán o permanecerán en la octava edición del Programa a partir del curso 2023-2024
estableciendo los requisitos y compromisos de los centros educativos, así como su seguimiento y apoyo.
Segundo
Destinatarios
Tercero
Características generales
1. Los directores de los centros públicos que deseen participar en el Programa presentarán, en los treinta días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden, la documentación solicitada para el curso 2023-2024.
El Proyecto Deportivo de Centro contemplará el desarrollo de escuelas deportivas que
permitan a los alumnos desarrollar hábitos de vida activa y saludable como complemento a
BOCM-20230428-28
Los destinatarios del Programa son los siguientes:
a) Institutos de Educación Secundaria que así lo soliciten mediante acuerdo tanto de
su claustro de profesores como de su consejo escolar, para promover la práctica
de actividad física y deportiva entre sus alumnos. Los centros que hayan participado en la séptima edición del Programa podrán prorrogar su participación siempre que lo soliciten y mantengan los requisitos exigidos para su incorporación.
Igualmente podrán solicitar la participación en el Programa los colegios de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria (CEIPSO) y secciones de institutos de educación secundaria (SIES).
b) Los alumnos escolarizados en cualquiera de los centros públicos seleccionados
para su incorporación al Programa, siempre que lo hagan en alguna de las escuelas deportivas creadas en su propio centro.
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023
Pág. 239
conjunta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y de la Consejería de Educación,
Universidades, Ciencia y Portavocía de 5 de mayo de 2022, y que ha demostrado la gran
demanda de este programa, llegando a una participación de más de 23.000 alumnos, 25 federaciones y 196 centros de la Comunidad de Madrid, dando muestras de la fortaleza y proyección del mismo. Este dato no solo nos permite avanzar sobre una base sólida, sino que
además impulsa en los IPAFD aún más el fomento y la promoción de la práctica de la actividad física y deportiva entre la población más joven, con los beneficios que estas prácticas reportan.
Este programa tiene como objetivo establecer centros de referencia deportiva que, partiendo de la implicación de la comunidad educativa de cada instituto de enseñanza secundaria u otros centros públicos con alumnado comprendido entre los doce y veinte años de
edad, establezcan medidas que faciliten la práctica de actividad física de sus alumnos y la
incorporación de estos al mundo del deporte y la práctica de actividad física de forma regular y permanente.
En su tramitación se han emitido los informes de la Dirección General de Presupuestos,
de la Dirección General de Tributos, de la Dirección General de Transparencia y Atención
al Ciudadano, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y
Régimen Especial, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades y de la Dirección General de Deportes.
De acuerdo con todo lo anterior, de conformidad con lo previsto en los artículos 41.d)
y 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y a propuesta del Director General de Deportes,
DISPONEMOS
Primero
Aprobación del Programa
1. Se aprueba la octava edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad
Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid” (en adelante, el Programa), que se llevará
a cabo en centros públicos que escolaricen alumnos de entre doce y veinte años.
2. Se regula la selección y participación de los institutos de educación secundaria y de
otros centros públicos con alumnado comprendido entre los doce y veinte años de edad que se
incorporarán o permanecerán en la octava edición del Programa a partir del curso 2023-2024
estableciendo los requisitos y compromisos de los centros educativos, así como su seguimiento y apoyo.
Segundo
Destinatarios
Tercero
Características generales
1. Los directores de los centros públicos que deseen participar en el Programa presentarán, en los treinta días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden, la documentación solicitada para el curso 2023-2024.
El Proyecto Deportivo de Centro contemplará el desarrollo de escuelas deportivas que
permitan a los alumnos desarrollar hábitos de vida activa y saludable como complemento a
BOCM-20230428-28
Los destinatarios del Programa son los siguientes:
a) Institutos de Educación Secundaria que así lo soliciten mediante acuerdo tanto de
su claustro de profesores como de su consejo escolar, para promover la práctica
de actividad física y deportiva entre sus alumnos. Los centros que hayan participado en la séptima edición del Programa podrán prorrogar su participación siempre que lo soliciten y mantengan los requisitos exigidos para su incorporación.
Igualmente podrán solicitar la participación en el Programa los colegios de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria (CEIPSO) y secciones de institutos de educación secundaria (SIES).
b) Los alumnos escolarizados en cualquiera de los centros públicos seleccionados
para su incorporación al Programa, siempre que lo hagan en alguna de las escuelas deportivas creadas en su propio centro.