C) Otras Disposiciones - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20230428-27)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 21 de abril de 2023, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan las ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 100

VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023

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Europea a las ayudas “de minimis”, sin perjuicio, del resto de disposiciones tanto del derecho nacional como de la Unión Europea que pudieran resultar de aplicación, particularmente las que se aprueben en el ámbito de la ejecución y gestión tanto del Mecanismo Europeo
de Recuperación y Resiliencia como del PRTR.
Todo ello sin perjuicio de que estas ayudas puedan acogerse a un eventual Marco Nacional Temporal que así lo dispusiere.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de esta convocatoria se recogen en el Real Decreto 902/2022, de 25
de octubre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte
de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” número 257, de 26 de octubre de 2022.
Cuarto
Cuantía
Las ayudas concedidas en aplicación de esta Orden se otorgan al amparo de la subvención concedida por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el marco
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia financiado por Unión Europa-Next Generation EU y se financiarán con cargo a los créditos contemplados en la partida 77309 del programa 453M de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid.
La cuantía total máxima para el otorgamiento de las ayudas, de acuerdo con lo previsto en el anexo II del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, asciende a 15.672.384 euros,
cuya distribución por anualidades será como sigue:
— Año 2023: 10.970.669 euros, lo que supone el 70 % del crédito asignado.
— Año 2024, hasta el 30 de junio: 4.701.715 euros, el 30 % restante.
Quinto
Plazo de presentación

BOCM-20230428-27

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación
del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el
día 30 de junio de 2024.
Madrid, a 21 de abril de 2023.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras, P. D.
(Orden de 9 de septiembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 16 de septiembre de 2021), el Viceconsejero de Transportes y Movilidad, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
(03/7.054/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791