D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230428-49)
Convenio – Convenio de 13 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Española de Triatlón, para la organización del Campeonato de Europa de Triatlón 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023
Pág. 321
acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, dirigiendo una solicitud por Registro al Responsable del tratamiento, teniendo
a su disposición el formulario https://tramita.comunidad.madrid/prestacionsocial/ejercicio-derechos-proteccion-datos . Disponen de información complementaria en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
— Información sobre el tratamiento de datos información que realiza la Federación
Española de Triatlón en su condición de Responsable y cuya finalidad es gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio, así como el mantenimiento del contacto de ambas partes. La licitud del tratamiento de dichos datos se hará de acuerdo con el
artículo 6.1.b) y e), del Reglamento General de Protección de Datos, así como al
consentimiento prestado con la firma de este convenio. Podrá solicitar más información, así como ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento remitiendo una comunicación por
escrito a la dirección de correo electrónico rgpd@triatlon.org , o mediante correo
postal a la dirección calle Ferraz, número 16, 3.a dcha., 28008 Madrid.
Los datos personales tratados no serán objeto de comunicación a terceros, salvo para
el cumplimiento de una obligación legalmente establecida, o en caso de que el interesado
otorgue su consentimiento.
Undécima
Régimen jurídico y jurisdicción
BOCM-20230428-49
El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del
referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que
regulan los convenios y, en concreto, a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en el artículo 21.3.d) de la
Ley 15/1994, de 28 de diciembre, estando la actividad a desarrollar dentro de las que establece el artículo 6 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y actuando conforme lo establecido en
el artículo 33.2 de la citada Ley 15/1994, de 28 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, se firma electrónicamente por ambas partes a un solo efecto
y en el lugar y fecha indicados.
Madrid, a 13 de abril de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, Fernando Benzo
Sainz.—Por la Federación Española de Triatlón, José Hidalgo Martín.
(03/6.531/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 100
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acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, dirigiendo una solicitud por Registro al Responsable del tratamiento, teniendo
a su disposición el formulario https://tramita.comunidad.madrid/prestacionsocial/ejercicio-derechos-proteccion-datos . Disponen de información complementaria en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
— Información sobre el tratamiento de datos información que realiza la Federación
Española de Triatlón en su condición de Responsable y cuya finalidad es gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio, así como el mantenimiento del contacto de ambas partes. La licitud del tratamiento de dichos datos se hará de acuerdo con el
artículo 6.1.b) y e), del Reglamento General de Protección de Datos, así como al
consentimiento prestado con la firma de este convenio. Podrá solicitar más información, así como ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento remitiendo una comunicación por
escrito a la dirección de correo electrónico rgpd@triatlon.org , o mediante correo
postal a la dirección calle Ferraz, número 16, 3.a dcha., 28008 Madrid.
Los datos personales tratados no serán objeto de comunicación a terceros, salvo para
el cumplimiento de una obligación legalmente establecida, o en caso de que el interesado
otorgue su consentimiento.
Undécima
Régimen jurídico y jurisdicción
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El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del
referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que
regulan los convenios y, en concreto, a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en el artículo 21.3.d) de la
Ley 15/1994, de 28 de diciembre, estando la actividad a desarrollar dentro de las que establece el artículo 6 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y actuando conforme lo establecido en
el artículo 33.2 de la citada Ley 15/1994, de 28 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, se firma electrónicamente por ambas partes a un solo efecto
y en el lugar y fecha indicados.
Madrid, a 13 de abril de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, Fernando Benzo
Sainz.—Por la Federación Española de Triatlón, José Hidalgo Martín.
(03/6.531/23)
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ISSN 1989-4791