D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230427-36)
Convenio –  Convenio de 13 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid y Spain Startup and Investors Services, S. L., para la promoción del emprendimiento y la atracción del talento, a traves de la organización conjunta del evento internacional South Summit 2023 en la Comunidad de Madrid y sus actuaciones de amplificación y promoción internacional
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 99

Octava
Resolución del convenio y efectos
El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
1. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
2. El acuerdo unánime de las partes, en cuyo caso y en función de la fase de ejecución en que se produzca la resolución, las partes pactaran la forma de terminar las actuaciones en curso que menos perjudique a los intereses de la Comunidad de Madrid.
3. La imposibilidad sobrevenida, legal o material, de cumplir las obligaciones derivadas del objeto del convenio.
4. La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Los efectos de la resolución del convenio se regirán por lo dispuesto en el artículo 52
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La resolución del convenio por los motivos expresados en los números 1, 2 y 3 no tendrá efectos económicos sobre las partes.
La resolución por los motivos expresados en el número 5, por decisión judicial, tendrá
los efectos que se indiquen en la sentencia declaratoria de la nulidad.
Novena
Comisión de seguimiento
Se constituirá una comisión de seguimiento para facilitar la ejecución y cumplimiento
del convenio.
La comisión de seguimiento estará formada por un total de cuatro miembros, dos en
representación de Spain Startup y otros dos en representación de la Comunidad de Madrid,
en concreto de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y de la Dirección General de
Autónomos y Emprendimiento, y uno de estos últimos actuará de secretario de la Comisión.
La comisión de seguimiento actuará como órgano de seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución de lo establecido en el convenio. Entre otras funciones le corresponde:
— Establecer las medidas correctoras oportunas para conseguir el cumplimiento del
objetivo del convenio.
— Aclarar las dudas y controversias que puedan originarse en la interpretación y ejecución de este convenio.
El funcionamiento de esta comisión se regirá por las normas contenidas en los artículos 15
y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La comisión se reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una
de las partes lo solicite al objeto de revisar la relación de acciones y actividades que se realicen al amparo del presente convenio y resolver las incidencias que pudieran surgir en la
celebración de los eventos y acciones o cualquier otra cuestión que pudiera suscitarse.
Décima
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto,
pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguri-

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