D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230426-17)
Convenio – Convenio de 29 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y la International Police Association (IPA) Madrid, sobre actividades de formación e interés policial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE ABRIL DE 2023
Pág. 57
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
17
CONVENIO de 29 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y la International Police Association (IPA) Madrid, sobre actividades de formación e interés policial.
REUNIDOS
De una parte, don Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior
de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 43/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero Presidencia, Justicia e Interior, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, según lo dispuesto en el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, don Antonio Jesús Gómez Montejano, en nombre y representación de
International Police Association (IPA) Madrid (en adelante, IPA Madrid), NIF G81970584,
Presidente de la misma, en virtud del Acta de la Junta Electoral de IPA Madrid, de fecha 15
de septiembre de 2020, sustento en el cargo a fecha de hoy, tal y como se certifica en el documento adjunto firmado por el secretario IPA Madrid.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN
El Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, atribuye a esta
Consejería, en su artículo 1.3.c) puntos 3º y 4º, las competencias en materia de seguridad,
política interior y protección civil, así como en materia de coordinación de policías locales.
Asimismo, el artículo 21.1 letras b) y f) del citado Decreto atribuyen a la de la Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 el impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades que competen a la consejería en materia
de Seguridad y política interior, así como de coordinación y demás facultades en relación
con las Policías Locales de la Comunidad de Madrid y formación y calidad en materia de
seguridad y emergencias.
Por otra parte, el artículo 22.5 del Decreto de estructura atribuye a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, perteneciente a la Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112:
a) El diseño y ejecución de las políticas de formación en materia de emergencias en
el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias
en materia de formación de la dirección general competente en materia de función
pública.
b) La formación de las policías locales en los procesos selectivos de ascenso y de acceso a los cuerpos de policía local, así como la formación de actualización y de especialización
Por su parte, el artículo 29.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de coordinación de las
policías locales de la Comunidad de Madrid, establece que corresponde al Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid el ejercicio de las funciones de
formación, investigación y perfeccionamiento profesional en materia de policía.
Asimismo, atribuye al citado centro la realización y desarrollo de cuantas actividades
contribuyan a la formación y el desarrollo de la carrera profesional de los funcionarios de
los Cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230426-17
Primero
B.O.C.M. Núm. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE ABRIL DE 2023
Pág. 57
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
17
CONVENIO de 29 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y la International Police Association (IPA) Madrid, sobre actividades de formación e interés policial.
REUNIDOS
De una parte, don Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior
de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 43/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero Presidencia, Justicia e Interior, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, según lo dispuesto en el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 3.2.a)
del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, don Antonio Jesús Gómez Montejano, en nombre y representación de
International Police Association (IPA) Madrid (en adelante, IPA Madrid), NIF G81970584,
Presidente de la misma, en virtud del Acta de la Junta Electoral de IPA Madrid, de fecha 15
de septiembre de 2020, sustento en el cargo a fecha de hoy, tal y como se certifica en el documento adjunto firmado por el secretario IPA Madrid.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN
El Decreto 191/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, atribuye a esta
Consejería, en su artículo 1.3.c) puntos 3º y 4º, las competencias en materia de seguridad,
política interior y protección civil, así como en materia de coordinación de policías locales.
Asimismo, el artículo 21.1 letras b) y f) del citado Decreto atribuyen a la de la Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 el impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades que competen a la consejería en materia
de Seguridad y política interior, así como de coordinación y demás facultades en relación
con las Policías Locales de la Comunidad de Madrid y formación y calidad en materia de
seguridad y emergencias.
Por otra parte, el artículo 22.5 del Decreto de estructura atribuye a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, perteneciente a la Viceconsejería de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112:
a) El diseño y ejecución de las políticas de formación en materia de emergencias en
el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias
en materia de formación de la dirección general competente en materia de función
pública.
b) La formación de las policías locales en los procesos selectivos de ascenso y de acceso a los cuerpos de policía local, así como la formación de actualización y de especialización
Por su parte, el artículo 29.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de coordinación de las
policías locales de la Comunidad de Madrid, establece que corresponde al Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid el ejercicio de las funciones de
formación, investigación y perfeccionamiento profesional en materia de policía.
Asimismo, atribuye al citado centro la realización y desarrollo de cuantas actividades
contribuyan a la formación y el desarrollo de la carrera profesional de los funcionarios de
los Cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid.
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