Madrid (BOCM-20230425-59)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan General Ordenación Urbana
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 97

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Número expediente: 135-2022-00857.
Aprobación inicial de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 relativa al Catálogo de Edificios Protegidos. Arquitectura Popular Neomudéjar.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 13 de abril
de 2023, adoptó el siguiente Acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente, en los términos que figuran en el expediente, la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 relativa al Catálogo
de Edificios Protegidos. Arquitectura Popular Neomudéjar.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de
dos meses, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el
referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid y preceptos concordantes.
Tercero.—Remitir el documento técnico a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 57.d) de la
referida Ley 9/2001, de 17 de julio, y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental.
Cuarto.—Suspender en el ámbito de la modificación del Plan General, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación
de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la
publicación del presente acuerdo, que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
con excepción de la primera ocupación y funcionamiento. Esta suspensión, que sustituye a la
establecida por el Acuerdo de 2 de diciembre de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad
de Madrid, conlleva la ampliación por un año del plazo de suspensión, en los términos del artículo 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, calle de Ribera del Sena, 21, en las
mañanas de los días hábiles, en el plazo señalado, así como en los canales de información
urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid ( madrid.es ), en los apartados de
Gobierno (información pública y otros acuerdos) o dentro de Vivienda y Urbanismo (visualizador urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y
formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 18 de abril de 2023.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/6.552/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230425-59

ACUERDO