Campo Real (BOCM-20230425-69)
Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor de terrenos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 97

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69

CAMPO REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO

Publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47 de 24 de
febrero de 2023, anuncio de Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Campo Real de 13 de febrero de 2023, sobre aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal número 6
reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación
de la ordenanza municipal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana , cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y
en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO
SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS
DE NATURALEZA URBANA (PLUSVALÍA)
El Pleno del Tribunal Constitucional, en sentencia de 26 de octubre de 2021, ha acordado declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 107.4 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).
En consecuencia, se ha dictado el Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre, por
el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del
Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Artículo 1. Fundamento y régimen.—Este Ayuntamiento, conforme a lo autorizado
por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 60.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre,
por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la reciente jurisprudencia del
Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana se establece el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que se regulará por la presente ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en los artículos 105 a 111 de la Ley 39/1988 citada.
Art. 2. Naturaleza.—El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana es un tributo directo.
Art 3. Hecho imponible.—El hecho imponible del Impuesto sobre el Incremento de
Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana está constituido por el incremento de valor que
experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de
la propiedad de los terrenos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.

BOCM-20230425-69

ORDENANZA NÚMERO 6. REGULADORA DEL IMPUESTO
SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS
DE NATURALEZA URBANA