Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230425-87)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 97

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE ABRIL DE 2023

Pág. 335

BOCM-20230425-87

En cualquier caso, la cantidad que se adjudique a cada entidad solicitante no podrá superar ninguna de las siguientes cantidades:
— El 80 por 100 del coste de la actuación subvencionada.
— 60.000 euros, para deportes colectivos.
— 16.000 euros, para deportes individuales.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir de la publicación de un extracto de la convocatoria
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional
de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos.
Sexto. Otros Datos.—Además de la documentación relativa a la entidad y acreditativa de los méritos, será necesario adjuntar al formulario web la siguiente documentación:
Memoria de Actividades, según modelo Anexo I y Anexo I-A (para deportes de equipo) o Anexo I-B (para deportes individuales), cumplimentado en todos sus apartados, y firmado por el representante legal de la entidad.
La Memoria del Anexo I debe tener una extensión máxima de 20 hojas, ajustándose al
formato y especificaciones del mismo.
Los Anexos I, I-A y I-B, están disponibles en la sede electrónica municipal
( https://sede.pozuelodealarcon.es/sede/action/tramites?method=enter ).
Listados de los deportistas por categoría y disciplina deportiva, consignando nombre,
dos apellidos, fecha de nacimiento y señalando si se trata de persona empadronada en el
municipio de Pozuelo de Alarcón.
Los listados deberán presentarse por categorías y disciplinas deportivas. En el caso de
los deportes de equipo los listados vendrán ordenados y detallados por cada uno de los equipos en competición oficial.
Se considerarán gastos subvencionables, a los efectos previstos en las bases reguladoras, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza y objeto de la actividad
subvencionada.
Son objeto de subvención todos los gastos correspondientes a actividades relacionadas
con la organización o participación en competiciones oficiales entre el 1 de septiembre
de 2022 hasta el 31 de agosto de 2023.
Los beneficiarios deberán acreditar la realización de la actividad subvencionada, mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento, en cualquier momento desde la aprobación de la resolución de concesión y siempre antes de 1 de octubre de 2023.
En Pozuelo de Alarcón, a 17 de abril de 2023.—El titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.
(03/6.500/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791