Alcobendas (BOCM-20230425-63)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 97

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Convocatoria de subvenciones 2023 a las asociaciones del ámbito de Participación
Ciudadana.
BDNS (Identif.): 688376

BOCM-20230425-63

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Las asociaciones, fundaciones y entidades análogas que desarrollen proyectos en el ámbito de Participación Ciudadana en el municipio de Alcobendas.
También podrán solicitar subvención las personas físicas o jurídicas sin personalidad que desarrollen actividades que se encuadren en el ámbito recogido en la presente convocatoria.
Segundo. Objeto.—La promoción, funcionamiento y actuación de las Asociaciones
de Vecinos y redes asociativas. Las actividades de animación sociocultural, de ocio y tiempo libre, destinadas al fomento del asociacionismo, la creatividad asociativa y participación
vecinal, y todas aquellas actividades que fomenten procesos y metodologías que promuevan la participación asociativa, etc.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones
de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobada definitivamente por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 27 de enero de 2009 y publicada el día 20 de febrero de 2009 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es
de 12.070,48 euros, con cargo a la partida 272 92400 48000 del presupuesto general del municipio vigente para el año 2023.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el punto 1 de esta
convocatoria se presentarán, dentro del plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente de
la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Alcobendas, a 17 de abril de 2023.—El concejal-delegado de Distrito Norte, Participación Ciudadana, Cooperación al Desarrollo y Bienestar Animal, José María Tovar Holguera.
(03/6.506/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791