Ciempozuelos (BOCM-20230424-51)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ABRIL DE 2023

La categoría de las plazas convocada es la de Policía (según la Disposición Adicional 5.a
de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad
de Madrid).
1.4. Régimen de incompatibilidades: la persona aspirante que resulte nombrada para
esta plaza quedará sometidas desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente y no podrá simultanear el desempeño de aquellas con el de cualesquier otra plaza, cargos o empleos remunerados con fondos del propio Ayuntamiento de
Ciempozuelos, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones,
de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
Segunda. Requisitos de la convocatoria
2.1. Requisitos generales: para la admisión a la realización de las pruebas selectivas,
las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión de la titulación exigible para el acceso al subgrupo de clasificación profesional C1, esto es, Bachillerato, Técnico o equivalente, expedido con
arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que
acredite la homologación.
d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
f) Carecer de antecedentes penales.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
h) Compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley mediante declaración jurada o promesa.
i) No haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este requisito será acreditado mediante certificación del Registro Central de delincuentes sexuales de
dicha ley orgánica.
2.2. Plazo: los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado anterior el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera. La
acreditación de los mismos deberá efectuase con anterioridad al correspondiente nombramiento como funcionario en prácticas, salvo el permiso de conducir de la clase B, que podrá ser obtenido y acreditado con anterioridad a la finalización del correspondiente curso
selectivo de formación.
No obstante, a lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúne uno o varios requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación a los
efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos
administrativos que procedan. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso
selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de las tareas y funciones habituales de la
categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos
competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de 10 días y tendrá el carácter determinante de resolver. De esta actuación se dará conocimiento al/a interesado/a, al objeto
de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Si el contenido del dictamen
se desprende que el/la aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida
al órgano competente el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el
proceso selectivo.

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BOCM-20230424-51

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