D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230422-2)
Convenio –  Convenio de 3 de abril de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 95

SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

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Segundo. Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en
su poder, no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de
intereses de acuerdo con los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional
centésima décima segunda y de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE
y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento de
licitación/concesión de subvenciones.
Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de
evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o
pudiera dar lugar a dicho escenario, que pudiera conocer y producirse en cualquier momento del
procedimiento en curso.
Cuarto. Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que
sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la
normativa de aplicación.
En Madrid, a fecha de la firma

BOCM-20230422-2

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