D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230422-2)
Convenio –  Convenio de 3 de abril de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU
48 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

Pág. 13

Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en particular a verificar previamente al abono de la
subvención la finalización de las actuaciones y el cumplimiento por parte de los destinatarios últimos de las ayudas objeto de la subvención y de los requisitos establecidos en el referido real decreto, recabando para ello, la documentación acreditativa que sea necesaria.
La Comunidad de Madrid acepta, así mismo, todas las condiciones establecidas dentro del
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), comprometiéndose a suministrar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de acuerdo con la normativa
europea o nacional, resulten exigibles en el marco del PRTR, así como el suministro de la
información que le sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan.
Sexto
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz ostenta entre sus competencias, la de fomentar la rehabilitación privada mediante ayudas, gestión e inversiones públicas en reurbanización e infraestructura, conforme a lo planes Municipales aprobados al efecto y colaborar
con la Administración estatal y autonómica en la aplicación de la legislación vigente en materia de rehabilitación de edificios y de urbanización o reurbanización de espacios públicos.
Todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladoras de las Bases de Régimen Local y de sus propios estatutos.

El artículo 9 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, establece que el Programa de
ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio tiene como objeto la financiación
de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización
de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de
Rehabilitación Programada (ERRP) previamente delimitados en municipios de cualquier tamaño de población.
Dentro de este marco, corresponde a la Comunidad de Madrid establecer el procedimiento de concesión de los distintos tipos de actuaciones subvencionables contempladas
en el Programa 1 de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, que, según
el artículo 14.1 del referido texto legal, son las siguientes:
a) Las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda con los límites establecidos en el artículo siguiente, siempre
que se obtenga una reducción al menos del 30 por 100 del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
b) Las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico en el
ámbito delimitado por el ERRP complementarias al desarrollo de las actuaciones
de mejora de la eficiencia energética en los edificios residenciales.
c) La prestación de servicios de oficina de rehabilitación, tipo “ventanilla única” que
facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el ERRP.
En relación con las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado cuarto del referido Acuerdo número 4 de Comisión Bilateral, de 26 de
julio de 2022, modificado por adenda de 9 de marzo de 2023, interviene como órgano concedente de las ayudas enunciadas en la letra a); a tal fin, aprobará y resolverá la convocatoria y realizará el pago de las ayudas a los destinatarios finales, en los términos establecidos
en el presente convenio y con estricta sujeción a lo dispuesto en el capítulo II del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y normativa reguladora del régimen de subvenciones.
Estas subvenciones se concederán mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, regulado en el artículo 62 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para
la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, previa aprobación de
las correspondientes convocatorias, entendiéndose por concurrencia no competitiva el procedimiento en virtud del cual las ayudas se otorgarán atendiendo únicamente a su fecha de presentación, una vez acreditado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en
las bases y convocatoria, así como la existencia de disponibilidad presupuestaria.
Por tanto, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el artículo 16.1 del

BOCM-20230422-2

Séptimo