D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230422-2)
Convenio –  Convenio de 3 de abril de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU
48 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 20

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 95

t)

El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz estará obligado a acreditar la titularidad real,
a autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a
la normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento
(UE) 2021/241. Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco del MRR se
considerarán obligaciones para el destinatario último, el registro de sus datos en una
base de datos única propuesta por el estado miembro, así como la sujeción a los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de
Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
u) Cumplir con las obligaciones inherentes a la condición del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de entidad ejecutora del PRTR, entre las cuales cabe citar las relativas al cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a subproyecto en el que
se integran las actuaciones subvencionadas, las derivadas de la aplicación de la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, del sistema de información (CoFFEE),
de todos los principios transversales del PRTR MRR y de gestión específicos del
artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con el mismo nivel
de exigencia que el requerido a las entidades ejecutoras, incluidas las obligaciones de disponer de un Plan de medidas antifraude, todo ello en virtud de la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaría General de Fondos Europeos.
v) La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de
acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del
PRTR, así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las
instituciones europeas e informando de lo que sea preciso para alimentar dicho
sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
w) El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz procederá a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las ayudas otorgadas, debiendo realizar una gestión diligente de los fondos
públicos percibidos.
Sexta
La entrega de los fondos al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz se realizará de
acuerdo con las reglas establecidas a continuación para cada una de las actuaciones que se
han programado en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada de “Barrio
Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz:
1. La entrega de los fondos para la constitución de la oficina de rehabilitación tipo
“ventanilla única” que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el
ERRP, se podrá realizar mediante un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente convenio y previa solicitud del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por parte del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
2. La entrega de los fondos destinados a las actuaciones de mejora o rehabilitación
de edificios de uso predominante residencial para vivienda se realizará como un anticipo a
cuenta tras la suscripción del presente convenio.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley de Subvenciones 2/1995, de 8 de marzo, de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por el
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
3. La entrega de los fondos destinados a las actuaciones de urbanización, reurbanización
o mejora del entorno físico, se podrá realizar como un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente convenio y previa solicitud del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, todo ello de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este
anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

BOCM-20230422-2

Puesta a disposición de los fondos