Madrid (BOCM-20230421-43)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 114

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 94

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

BOCM-20230421-43

Número de expediente: 135-2022-03497.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 30 de marzo de 2023, adoptó el siguiente Acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente el Plan Especial de Protección y Mejora de la Infraestructura Verde Bosque Metropolitano en el ámbito del lote 4. Distritos de Usera, Villaverde y Villa de Vallecas, de iniciativa pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la
Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de
dos meses, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el
referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo
previsto en los artículos 57.b) y 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Tercero.—Remitir el documento técnico a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 57.d) de la
Ley 9/2001, de 17 de julio y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Cuarto.—Suspender la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio y 120 del Reglamento de Planeamiento
aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, en los suelos a los que sean de aplicación determinaciones vinculantes grados 1 y 2 en las siguientes unidades de ordenación:
— L4-07: Suelo No Urbanizable Común donde se establece una pormenorización de
obras, actividades e instalaciones propias de Parque Periurbano en el marco establecido por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, calle de Ribera del Sena, 21, así
como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de
Madrid ( madrid.es ), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos)
o dentro de Vivienda y Urbanismo (visor urbanístico), en las mañanas de los días hábiles
durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 11 de abril de 2023.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/6.174/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791