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Convocatoria curso –  Resolución de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se convoca el curso de formación para Jefes de agrupación de voluntarios de Protección Civil de 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 94

13. De conformidad con el artículo 68, apartado 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez días hábiles,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le entenderá por desistido de su petición.
14. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación del contenido íntegro de la presente convocatoria.
Cuarto
Listados
1. Finalizado el proceso de revisión de las solicitudes presentadas, se publicará en la
página web de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/seguridademergencias/formacion-seguridad-emergencias en su apartado “Convocatorias vigentes de
formación en protección civil”, el listado provisional de admitidos.
2. Los Ayuntamientos con candidatos propuestos no incluidos en el listado provisional, podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de los listados provisionales, con indicación de que, si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
No será admitida a trámite la subsanación de solicitud fuera del plazo establecido, previa resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las alegaciones presentadas se aceptarán o denegarán mediante la resolución por la
que se declaren aprobados los listados definitivos.
3. La presentación de subsanación de la solicitud o aportación de documentos preceptivos se realizará, de manera electrónica, en los términos del apartado tercero, punto 11.
4. Finalizado el plazo de subsanación, se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias mencionada en el punto 1 de este apartado, la resolución del Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueba el listado definitivo de candidatos admitidos.
5. Una vez publicada la anterior resolución, se notificará a los ayuntamientos con
alumnos admitidos la fecha exacta de comienzo del curso.
Quinto
El desarrollo del curso por parte de los candidatos seleccionados se realizará conforme a las siguientes consideraciones:
a) Durante el tiempo que permanezcan realizando los cursos de formación convocados, los alumnos deberán respetar en todo momento las normas de régimen interior y las medidas de seguridad vigentes.
b) La formación impartida en los citados cursos no conllevará tasa, precio o coste
económico alguno para los alumnos, sin perjuicio de los gastos de transporte, manutención o cualquier indemnización a la que el correspondiente ayuntamiento estuviere obligado.
c) Los alumnos deberán asistir a los talleres prácticos en este Instituto vistiendo su
uniforme reglamentario y deberán estar provistos de los equipos de protección y
de los medios de dotación necesarios para las para las actividades y prácticas lectivas programadas. Este equipamiento será facilitado por sus respectivas Agrupaciones.
d) Los alumnos deberán disponer de los medios telemáticos necesarios para la realización de la fase online (ordenador de sobremesa, portátil o tablet, así como conexión a internet), debiendo la Agrupación garantizar su uso en caso de no disponer de ellos.
e) También, para participar en el curso es indispensable tener una cuenta de correo
electrónico, y competencias digitales que permitan la navegación y uso de la plataforma e-learning para aprendizaje y evaluación
f) La no superación o asistencia en cualquiera de las dos fases, la fase online o la fase
práctica presencial, supondrá la exclusión y/o la no superación del curso.
g) Para ser evaluable el alumno debe completar, al menos, el 90 % de la actividad
formativa de carácter presencial y el 100 % de la formación a distancia, comple-

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Desarrollo del curso