Madrid (BOCM-20230420-50)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

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— Actividades permitidas sujetos a control:
d Plantaciones.
d Paseo y contemplación.
d Las relacionadas con las infraestructuras básicas de abastecimiento de agua.
Control ambiental.
d Las relacionadas con las infraestructuras de telecomunicaciones de Canal de
Isabel II existentes en el cerro. No se admitirán nuevos elementos, permitiéndose, exclusivamente, mantenimiento y conservación. Las modificaciones de
los mismos que supongan un aumento de altura estarán sujetas a las servidumbres aeronáuticas y al informe del órgano de control correspondiente.
— Actividades prohibidas:
d Todas las demás.
— Intervenciones a realizar:
d Reparación de caminos.
d Sistema de drenaje sostenible, según indicaciones del estudio sectorial de cuencas drenantes y plano P.02.
d Plantaciones.
d Mobiliario (protecciones y asientos) y señalética.
Art. 20. Área 4.—Frente sur:

— Criterio general de intervención: La orientación en solana de esta área determina
una mayor sequedad y recalentamiento del suelo, lo que hace difícil establecer una
cubierta vegetal continua y estable; es por lo tanto muy vulnerable a procesos erosivos, por lo que su actividad característica es la preservación y la conservación
activa. Existen algunas bandas de erosión cuya regeneración puede requerir tratamientos más intensivos.
— Valores patrimoniales a considerar para su puesta en valor:
d Interés geológico. Protección de afloramientos datados y puesta en valor especial de los A14, A16, A17, identificados en el plano I.08.
d Interés arqueológico y paleontológico.
d Interés histórico. Memoria histórica, vestigio bunker-observatorio blindado,
CM/079/0823, identificado en el plano I.09.
d Interés botánico. Protección de ámbitos datados en los planos I.10 y P.02.

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B.O.C.M. Núm. 93

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID