Madrid (BOCM-20230420-50)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

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Art. 18. Área A3.1.—Área de recuperación-anillo panorámico:

— Criterio general de intervención: El alto potencial de vistas de esta zona implica
que su actividad característica sea el paseo y la contemplación del panorama. Esta
actividad es compatible con otras actividades recreativas al aire libre como el vuelo de cometas u otras, pasando por recorridos didácticos o culturales en grupo.
— Valores patrimoniales a considerar para su puesta en valor:
d Interés geológico. Protección de afloramientos y puesta en valor especial de los
A5 y A18, identificados en los planos I.08, I.09 y P.02.
d Interés arqueológico y paleontológico. Protección yacimiento CM/079/0423.
d Interés histórico.
d Interés botánico. Protección de ámbitos datados en los planos I.10 y P.02.
— Actividades características:
d Actividades científico-culturales.
d Paseo y contemplación.
— Actividades permitidas:
d Preservación.
d Conservación activa.
— Actividades permitidas sujetos a control:
d Regeneración del ecosistema y/o del paisaje.
d Actividades recreativas y culturales.
d Recreo concentrado.
d Deportes no formalizados.
d Las relacionadas con las infraestructuras básicas de abastecimiento de agua.
Control ambiental.
d Las relacionadas con el sistema de telecomunicaciones propias del Canal de
Isabel II, a partir de las instalaciones existentes: estación remota Cerro Almodóvar I y Base Tetra Estación Cerro Almodóvar. En relación con las instalaciones de comunicación existentes vinculadas a el Canal de Isabel II, no se admitirán nuevos elementos, permitiéndose, exclusivamente, mantenimiento y
conservación. Las modificaciones de estos que supongan un aumento de altura estarán sujetas a las servidumbres aeronáuticas y al informe del órgano de
control correspondiente.

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B.O.C.M. Núm. 93

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