Móstoles (BOCM-20230420-59)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 93

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

Pág. 169

BOCM-20230420-59

Solicitudes, plazo y lugar de presentación.—Las personas interesadas podrán presentar su solicitud según modelo normalizado en el plazo indicado en la convocatoria.
Las solicitudes junto con la documentación podrán presentarse por cualquiera de los
medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con carácter específico:
— De forma telemática: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Móstoles (si se dispone de certificado o DNI electrónico).
— De forma presencial: a través de los Registros Generales habilitados por el Ayuntamiento de Móstoles:
Justificación de la ayuda concedida.—Una vez notificada la concesión de la Ayuda de
Emergencia y recibido el importe de la misma, el beneficiario deberá proceder a su justificación, teniendo en cuenta:
— El plazo máximo para la justificación de la ayuda concedida será de un mes desde
el último abono.
— No se admitirán facturas de gastos que no estén incluidos en los conceptos referidos o los que no estén vinculados al objeto de la ayuda y/o no figuren incluidos en
su concesión.
— No se admitirá como justificante documentos no nominativos (tickets de compra, etc.). Será obligatorio presentar facturas originales del gasto.
— Si se conceden Ayudas de Emergencia en varios conceptos, deberán presentarse
debidamente identificadas o en facturas independientes.
— El importe justificado deberá ser en todo caso igual o superior a la cuantía de la
ayuda concedida. Si la justificación se realiza por importe inferior a la cantidad
concedida se deberá reintegrar la cuantía no justificada.
— En el caso de percepción de otras subvenciones, se aportará la acreditación de subvenciones para el gasto solicitado y aprobado.
Exposición pública.—Las bases podrán ser consultadas en el tablón de anuncios
municipal y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Móstoles a través de la web institucional ( www.mostoles.es ).
Móstoles, a 10 de abril de 2023.—La concejala-delegada de Derechos Sociales y
Mayores, Angela Viedma Alonso.
(03/6.030/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791