D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230420-41)
Convenio –  Convenio de 30 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Ciclismo, para la organización de la XXXV Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, en la categoría sub-23
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B.O.C.M. Núm. 93

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar en la difusión de la cultura física entre la población, en coordinación y cooperación, en su caso, con entidades locales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y entidades públicas o privadas, conforme con lo dispuesto en el artículo 13.p) del citado Decreto 229/2021, de 13 de octubre.
IV. Que las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes
colaboradores de la Administración pública.
En relación con ello, el artículo 36.h) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, atribuye
a sus federaciones deportivas la facultad de colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional. Por su parte, el artículo 11.1.a) del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, establece que las federaciones deportivas madrileñas ejercen por delegación, bajo la coordinación y tutela del
órgano competente de la Comunidad de Madrid, entre otras, la función de calificar y organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid, y
colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito
estatal o internacional.
V. Que, en el ámbito de esta coordinación y tutela a las federaciones, la Comunidad
de Madrid, al disponer de determinados medios necesarios para la organización de la prueba objeto del presente convenio, y considerar que la colaboración entre las partes permitirá asegurar que el interés público de la prueba quede garantizado y salvaguardado, se hace
necesario la colaboración con la entidad que tiene adjudicada la organización de dicha prueba, la Federación Madrileña de Ciclismo, colaborando en aspectos técnicos y en otros imprescindibles para el desarrollo de la competición, conforme a la reglamentación técnica
oficial de esta modalidad deportiva. La Comunidad de Madrid como consecuencia de la colaboración con la Federación, aportará, además, una cantidad económica para facilitar el
desarrollo de la prueba y asegurar el interés público deportivo existente en la celebración
de esta competición deportiva.
VI. Que, mediante certificado de 11 de noviembre de 2022, de la Real Federación
Española de Ciclismo, se acredita la adjudicación de la organización de la XXXV Vuelta a
la Comunidad de Madrid, categoría sub-23, a la Federación Madrileña de Ciclismo, a celebrar del 19 al 23 de julio de 2023.
VII. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de sus estatutos “La Federación Madrileña de Ciclismo ostenta la representación oficial exclusiva del deporte ciclista
en el territorio de la Comunidad de Madrid, a efectos públicos”, abarcando, de acuerdo con
el artículo 3 de dichos estatutos, las disciplinas de Carretera, Pista, Mountain Bike (BTT),
Cicloturismo, Ciclo-cross, BMX, Trialsin y Ciclodeportistas y Bike Trial.
VIII. Que en la celebración de la Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, Sub-23,
confluyen intereses comunes de ambas partes, pues, a través de la celebración de eventos
deportivos de este nivel, la Comunidad de Madrid atiende a la consecución de sus fines en
diversos sectores: deportivo, turístico, económico y social, a la vista del impacto que en los
mismos tienen eventos deportivos de estas características.
Pero, además, la organización de este evento implicará beneficios en cuanto a la formación y experiencia organizativa en eventos deportivos de profesionales y voluntarios implicados en su organización, además de los efectos que los mismos suponen sobre la propia
promoción de la actividad deportiva, en especial en la Comunidad de Madrid.
Y, desde una perspectiva social, la organización de estas competiciones en la Comunidad de Madrid puede ofrecer la oportunidad para la participación activa en estos eventos,
a la vez que se disfruta de varias experiencias deportivas únicas; pueden suponer una plataforma proactiva de integración social; pueden generar oportunidades de trabajo temporal
y actividad económica a través de los eventos y fortalecer el movimiento de voluntariado,
generando alianzas con la universidad, clubes locales y asociaciones deportivas madrileñas.
Finalmente, es también indudable el impacto económico que eventos de estas características conllevan para la sede de su celebración, que se beneficia de un importante retorno
económico.
IX. Que en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid (Ley 4/2021,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados automáticamente para 2023, con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022,
de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid
para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023) existe dotación económica en el subconcepto 22802, con el fin de suscribir los convenios necesarios

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