Horcajuelo de la Sierra (BOCM-20230418-60)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 91

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ABRIL DE 2023

Pág. 195

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60

HORCAJUELO DE LA SIERRA
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20230418-60

Por decreto de la Alcaldía número 51/23, de fecha 17 de abril, del Ayuntamiento de
Horcajuelo de la Sierra, se aprobaron las bases específicas y la convocatoria excepcional en
el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, Ley 20/2021 de 8 de diciembre,
para cubrir la siguiente plaza de personal para el Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra
mediante el sistema de concurso:
Personal laboral:
— 1 oficial de 1.a
Se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en este “Boletín Oficial del Estado”.
El texto íntegro de las citadas bases se publicará en la web de este Ayuntamiento en el
siguiente enlace: https://sedehorcajuelodelasierra.eadministracion.es , así como en el tablón
de anuncios municipal.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria se publicarán la web de este Ayuntamiento, así como en el tablón de anuncios municipal.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer
cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente.
Horcajuelo de la Sierra a 17 de abril de 2023.—El alcalde, Cesáreo Fajardo Heras.
(03/6.404/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791