D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230418-31)
Convenio –  Convenio de colaboración de 29 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Universidad Rey Juan Carlos, para la ejecución del programa interuniversitario para mayores de la Comunidad de Madrid durante 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 91

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ABRIL DE 2023

Pág. 139

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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CONVENIO de colaboración de 29 de marzo de 2023, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la
Universidad Rey Juan Carlos, para la ejecución del programa interuniversitario
para mayores de la Comunidad de Madrid durante 2023.
En Madrid, a 29 de marzo de 2023.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto
47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de
las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Excmo. Sr. D. Javier Ramos López, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, nombrado por Decreto 59/2021, de 7 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 8 de abril de 2021), en nombre y representación de la misma, según las competencias
que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades y por los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 22/2003,
de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 54, de 5 de marzo de 2003), en su artículo 81.1.b,
y modificados por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, de 10 de junio de 2010), domiciliada en Móstoles (Madrid), CP 28933, calle Tulipán s/n y con NIF Q-2803011B.
Ambas partes, actuando en el ejercicio de las funciones que les están legalmente atribuidas, reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria y obligándose en los
términos de este documento,

Que el Decreto 279/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, establece como competencias de esta, entre otras, el desarrollo general, la coordinación, la dirección y ejecución de las políticas del gobierno en materia de atención a personas mayores.
A este respecto, corresponde a la citada Consejería la coordinación de la red pública
de los servicios sociales de atención a personas mayores de la Comunidad de Madrid, y de
los servicios y programas que se desarrollen en esta materia, junto con el impulso de mecanismos que garanticen la promoción de la autonomía personal de las personas mayores a
través de la colaboración con otras Administraciones Públicas y la iniciativa social.
Que de conformidad con el Decreto 22/2003, de 27 febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 5 marzo 2003) y el Decreto 28/2010, de 20 de mayo (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de junio 2010), del Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid, por los que se aprobaron y modificaron los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos, como Universidad Pública, es una institución de Derecho Público con
personalidad jurídica y patrimonio propio que goza de autonomía de acuerdo con la Constitución y en los términos establecidos por la Ley Orgánica de Universidades y sus disposiciones de desarrollo. En el ejercicio de sus fines la Universidad actuará de acuerdo con los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, transparencia, objetividad, calidad y mejor servicio a
la sociedad, en general, y a los miembros de la Comunidad Universitaria, en particular.
Que ambas instituciones son conscientes del papel activo que desarrollan y deben desarrollar las personas mayores en la sociedad, donde el aumento progresivo de la esperan-

BOCM-20230418-31

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