D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230418-32)
Convenio –  Convenio de colaboración de 29 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el municipio de Majadahonda, para el desarrollo de proyectos o actuaciones en materia de atención a personas mayores en situación de soledad no deseada, en el marco de la Red de Atención a Mayores en Soledad de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 91

MARTES 18 DE ABRIL DE 2023

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nes gestionadas a que se refiere el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
En este sentido, como materialización del artículo 140.1.d) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que alude a la cooperación entre dos o más
Administraciones Públicas, de manera voluntaria y en el ejercicio de sus competencias, en
aras de una acción común, y dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de ambas
partes, éstas expresan su acuerdo en reforzar las actuaciones conjuntas en la planificación del
sistema público, que supongan una mejora de la calidad en la atención de los ciudadanos.
En virtud de lo expuesto, suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El objeto del presente Convenio es regular la colaboración y establecer las bases de cooperación institucional entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (en adelante la Consejería), y el municipio de Majadahonda
(en adelante la Entidad Local), para el desarrollo de Proyectos y Actuaciones en Materia de
Atención a Personas Mayores en Situación de Soledad no Deseada, mediante acciones de
sensibilización/detección/prevención/intervención entre la población mayor en el ámbito
territorial de la Entidad Local durante el año 2023, según las condiciones establecidas en el
Anexo I y II a este Convenio.
Segunda
Contenido de las actuaciones
Las actuaciones, contenidas en citado Anexo I, estarán relacionadas con los siguientes
objetivos específicos:
1. Actuaciones de planificación estratégica en materia de soledad mayores del municipio/mancomunidad.
2. Actuaciones de estudio o investigación en materia de soledad en mayores del municipio/mancomunidad.
3. Actuaciones de implicación a profesionales y a la comunidad en la detección de
casos de soledad de las personas mayores del municipio/mancomunidad.
4. Actuaciones para organización y desarrollo de actividades que promuevan las relaciones interpersonales de la población mayor del municipio/mancomunidad.
5. Actuaciones encaminadas a la mejora de competencias personales para afrontar
situaciones de soledad no deseada entre los mayores del municipio/mancomunidad.
6. Actuaciones de visibilización, sensibilización y difusión en materia de soledad no
deseada de personas mayores del municipio/mancomunidad.
Tercera
Para el desarrollo de la colaboración indicada en la cláusula primera y con el fin de colaborar al correcto desarrollo del Convenio, la Consejería llevará a cabo las siguientes actuaciones:
— Designar un responsable dentro de la Administración autonómica con competencias en el ámbito del presente Convenio, que será la persona de contacto entre la
Entidad Local y la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de que participen cualesquiera otros profesionales que, por razón de su pericia o formación, se estime que
puedan ser útiles en las cuestiones que surjan en el desarrollo de las actuaciones
incluidas en el acuerdo.
— La coordinación de las actuaciones incluidas en el presente convenio y otras análogas realizadas a nivel regional, en el marco de la Red de Atención a Mayores en
Soledad de la Comunidad de Madrid.
— El pago de las cantidades establecidas en el Anexo II de este Convenio, de acuerdo
con lo señalado en la cláusula “financiación y forma de pago”.

BOCM-20230418-32

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