D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230418-25)
Convenio –  Convenio de 31 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Puerto Chico”, “Colonia de la Prensa-Eugenia de Montijo-Colonias Tercio y Terol”, “Poblado Dirigido de Orcasitas y Meseta de Orcasitas” y “Poblado Dirigido de Fuencarral”, en el municipio de Madrid, y se definen las obligaciones de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A., como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 91

ANEXO VI
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE GESTIÓN PREVÍA AL ABONO DE LOS FONDOS ACORDE CON LOS
PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
(PRTR), QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE
INTERESES, DEL FRAUDE, DE LA CORRUPCIÓN, Y DE LA DOBLE FINANCIACIÓN PREVISTA EN EL
ARTÍCULO 22.2.C) I) DEL REGLAMENTO (UE) 2021/241 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
DE 12 DE FEBRERO DE 2021 POR EL QUE SE ESTABLECE EL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y
RESILIENCIA.
D/Dª …………………………………………...…………………………………...…………,con
NIF:………..………,
en
representación legal de la entidad…………..…………………………… ……………………………………………………..,
con CIF: …………..….., y domicilio fiscal en calidad de ……………………………………………………………………., de
ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR, en el desarrollo de actuaciones necesarias
para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 2 Inversión C02.I01 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia
DECLARA
Que, al amparo del artículo 22.2.c) i) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
los fondos se han utilizado para los fines previstos, que la información presentada con la solicitud de
pago es completa, exacta y fiable y que los sistemas de control establecidos ofrecen las garantías
necesarias de que los fondos se han gestionado de conformidad con todas las normas aplicables, en
particular las normas relativas a la prevención de conflictos de intereses, del fraude, de la corrupción
y de la doble financiación procedente del Mecanismo y de otros programas de la Unión, de
conformidad con el principio de buena gestión financiera.

(03/5.868/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230418-25

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