D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230418-30)
Convenio –  Adenda de 28 de marzo de 2023, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Galapagar, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65)
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 136

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 91

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
30

ADENDA de 28 de marzo de 2023, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Galapagar, para la ejecución de
proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la
Recuperación y Resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65).
Madrid, a 28 de marzo de 2023.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Alberto Gómez Martín, Alcalde del Ayuntamiento de Galapagar, elegido por Acuerdo del Pleno de 15 de junio de 2019, en nombre y representación
del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de Modificación
del Convenio de colaboración vigente, y

El día 26 de julio del 2022 se firmó un Convenio de colaboración entre la Comunidad
de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de Galapagar para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65).
La cláusula novena del citado Convenio de colaboración, establece que cualquiera de
las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito, suscribiendo la
adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En estos casos, procederá tramitar una modificación del convenio que contendrá el o
los anexos modificados o, en su caso, el nuevo anexo.
En fecha 9 de enero del 2023 el Ayuntamiento de Galapagar solicita mediante escrito
firmado por su Alcalde la renuncia formal a los:
— Subproyecto S22 Ayudas a entidades locales para la adaptación de viviendas de
personas usuarias de centros de día motivado por que el número de usuarios que
pudieran solicitarlo no es el suficiente para ejecutar el proyecto.
— Subproyecto S65 Ayudas a entidades locales para la mejora de la accesibilidad de
los centros de servicios sociales por carecer de medios humanos para hacer frente a estas líneas del proyecto.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio en base
a las siguientes

BOCM-20230418-30

MANIFIESTAN