B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230418-1)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se anuncia la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos convocados por Resolución de 2 de febrero de 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 91

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ABRIL DE 2023

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ensenanza-secundaria . También se podrá acceder, con carácter meramente informativo y sin
efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Profesores”, “Enseñanza Secundaria, FP y RE”.
Cuarto
Subsanaciones. Plazo y lugar de presentación

BOCM-20230418-1

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la exposición de las listas provisionales, para subsanar el defecto
que haya motivado su exclusión. Los aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, o no estén conformes con la relación de aspirantes con titulación concordante prevista en el apartado 8.6.1 de presente Título I, habrán de manifestar
tal circunstancia en este mismo plazo.
Las solicitudes de subsanación se presentarán en la misma forma en que se presentó la
solicitud, según lo establecido en la base 4.1 de esta convocatoria, es decir, exclusivamente a través de la Aplicación Docente de Oposiciones (ADO).
Para ello se deberán seguir los siguientes pasos, al acceder a la aplicación:
1. Se seleccionará “nueva solicitud”, y la convocatoria “Oposición de Resolución de
2 de febrero de 2022”.
2. Se seleccionará la solicitud sobre la que subsanar.
3. Se describirá la motivación, se aportarán en su caso los documentos que se consideren, y se registrará mediante dicha aplicación, generando un recibo de presentación, en cuyo
margen superior derecho deberá estar consignado el número de registro con fecha y hora.
No se admitirá en esta fase administrativa la aportación de nueva documentación que
no se haya presentado en el plazo habilitado para ello, ni la modificación de las opciones
establecidas en el apartado 1 de la solicitud de participación.
Si el aspirante no subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le
tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.
Con el trámite de subsanación al que se hace alusión en esta base se dará por cumplido el trámite de subsanación y mejora de solicitud al que hace alusión el artículo 68.1 y 68.4
de la Ley 39/2015.
Madrid, a 5 de abril de 2023.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/6.441/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791