Boadilla del Monte (BOCM-20230417-67)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 90

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67

BOADILLA DEL MONTE

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado
de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen
Interior, Patrimonio y Compras 1627/2023, de fecha 1 de abril, de aprobación de las bases específicas que regirán la convocatoria del proceso para la provisión definitiva, por concurso general de méritos, de un puesto de funcionario de carrera de jefe de negociado adscrito a la Unidad Orgánica “0300 Subdirección General de Coordinación y Gestión Municipal”, nivel 22 de
complemento de destino, correspondiente a una plaza perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C, Subgrupo C1, del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte.
Las bases se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de edictos y anuncios digital
del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en la página web municipal: http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org/ (Pestaña Tu Ayuntamiento/Oferta de Empleo Público).
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 20 días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” de la respectiva
convocatoria.
Las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, podrán recurrirse potestativamente en reposición o interponer directamente recurso ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones
Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes
a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro
mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,
en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto
recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta
por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente.
Boadilla del Monte, a 4 de abril de 2023.—El segundo teniente de alcalde-delegado de
Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, Jesús Egea Pascual.
(03/5.826/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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