B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230417-10)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 897/2023, de 29 de marzo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca proceso selectivo para el personal laboral fijo de la categoría profesional de Titulado Medio, Grupo II, Nivel 7, Área B, para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Medioambientales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ABRIL DE 2023
Pág. 137
dinarios de examen, y que asciende a 32,94 euros. Para quienes sean miembros de familias
numerosas de categoría general, el importe de la tasa será 16,47 euros.
Sexta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo
recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
Séptima
Tribunal de selección
1. El tribunal calificador de este proceso selectivo será designado por resolución de
la Dirección General competente en materia de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, a efectos de cobro de indemnizaciones
por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. El régimen jurídico aplicable al tribunal de selección será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra
normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6
del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).
3. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias
de los miembros del tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988,
de 18 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, en la Orden de 16 de marzo de 2022, de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración
de la Comunidad de Madrid y en el resto de normativa en la materia.
Octava
1. El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de
carácter eliminatorio.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para
superar la fase de oposición.
2. La fase de oposición de este proceso selectivo estará compuesta por un ejercicio
de carácter eliminatorio.
3. El contenido del programa de este proceso selectivo tendrá un número total de 40
temas, de acuerdo con el desarrollo que se recoge en el Anexo de esta Orden.
A efectos de la legislación aplicable y exigible en el ejercicio de que consta la fase de
oposición de esta convocatoria, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y anuncio de la celebración del ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente Orden y, en el caso de la normativa que haya sido derogada, se
tendrá en cuenta la que la sustituya a la misma fecha de publicación ya indicada.
4. El primer y único ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 60 preguntas que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo, proponiéndose por cada pregunta tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquélla en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en
BOCM-20230417-10
Sistema selectivo
B.O.C.M. Núm. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ABRIL DE 2023
Pág. 137
dinarios de examen, y que asciende a 32,94 euros. Para quienes sean miembros de familias
numerosas de categoría general, el importe de la tasa será 16,47 euros.
Sexta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo
recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
Séptima
Tribunal de selección
1. El tribunal calificador de este proceso selectivo será designado por resolución de
la Dirección General competente en materia de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, a efectos de cobro de indemnizaciones
por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. El régimen jurídico aplicable al tribunal de selección será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra
normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6
del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).
3. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias
de los miembros del tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988,
de 18 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, en la Orden de 16 de marzo de 2022, de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración
de la Comunidad de Madrid y en el resto de normativa en la materia.
Octava
1. El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de
carácter eliminatorio.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para
superar la fase de oposición.
2. La fase de oposición de este proceso selectivo estará compuesta por un ejercicio
de carácter eliminatorio.
3. El contenido del programa de este proceso selectivo tendrá un número total de 40
temas, de acuerdo con el desarrollo que se recoge en el Anexo de esta Orden.
A efectos de la legislación aplicable y exigible en el ejercicio de que consta la fase de
oposición de esta convocatoria, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y anuncio de la celebración del ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente Orden y, en el caso de la normativa que haya sido derogada, se
tendrá en cuenta la que la sustituya a la misma fecha de publicación ya indicada.
4. El primer y único ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 60 preguntas que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo, proponiéndose por cada pregunta tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquélla en la que figuren las tres respuestas alternativas propuestas en
BOCM-20230417-10
Sistema selectivo