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Convenio –  Adenda de 3 de abril de 2023, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid”, para la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 296

LUNES 17 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 90

III. Que en su reunión de 1 de febrero de 2023 la Comisión de Seguimiento valoró y
aprobó la propuesta de modificación planteada por la Asociación de Empresarios de Ocio
y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid”, en cuanto a las acciones recogidas en el Anexo I, para el ejercicio 2023 sin que las mismas supongan una alteración
de la cuantía total del convenio para el ejercicio 2023 (142.455,93 euros), así como la ampliación del plazo para la presentación de documentación justificativa correspondiente al
primer pago del 2023.
IV. Que la estipulación séptima del Convenio establece que, en cualquier momento
anterior a la finalización de su vigencia, el mismo podría ser modificado mediante acuerdo
expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas
partes de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.
De conformidad con lo expuesto ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda
de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid” para la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid” de
fecha 8 de septiembre de 2022 en los términos que se recogen en las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Se modifica el último párrafo de la cláusula cuarta del convenio entre la Comunidad
de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de
Madrid “Noche Madrid” para la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid de fecha 8 de septiembre de 2022, quedando redactada
de la siguiente forma:
“Para el año 2022 se realizarán un pago previa presentación de la justificación antes
del 5 de diciembre de 2022 y para el año 2023 se realizarán tres pagos previa presentación de
la justificación antes del 31 de mayo, del 30 de septiembre y del 5 de diciembre de 2023”.
Segunda
Se modifica el Anexo I del convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación
de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid “Noche Madrid” para
la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de
Madrid de 8 de septiembre de 2022, que quedará redactado en los siguientes términos:
ANEXO I
2023

IMPORTE

IVA

TOTAL

5.000,00

1.050,00

6.050,00

Plan de promoción turística

40.000,00

8.400,00

48.400,00

47.500,00

9.975,00

57.475,00

Plan Comunicación Digital

10.000,00

2.100,00

12.100,00

13.000,00

2.730,00

15.730,00

Formación Club Producto

7.000,00

1.470,00

8.470,00

5.000,00

1.050,00

6.050,00

Ferias

9.000,00

1.890,00

10.890,00

20.000,00

4.200,00

24.200,00

Edición/Producción

3.000,00

630,00

3.630,00

14.232,17

2.988,76

17.220,93

Contratación personal

4.600,00

N/A

4.600,00

18.000,00

3.780,00

21.780,00

78.600,00

15.540,00

94.140,00

117.732,17

24.723,76

142.455,93

Creación marca

TOTAL

IMPORTE
0

IVA
0

TOTAL
0

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
Adenda siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la firma de la
Comunidad de Madrid.
Madrid, a 3 de abril de 2023.—Por la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, P. D.
(Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 29 de noviembre), el Viceconsejero de Cultura y Turismo, Daniel Martínez Rodríguez.—Por la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectaculos de la Comunidad de
Madrid “Noche Madrid”, el Presidente, Dionisio Lara Porras.
(03/5.937/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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ACCIÓN