Móstoles número 2 (BOCM-20230415-12)
Procedimiento 515/2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 89
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
12
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA letrado/a de la Admón. de Justicia del
Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.
BOCM-20230415-12
Hago saber: Que en el procedimiento 515/2022 - 0001 (Ejecución: ) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de RAFAEL PEINADOR DE ISIDRO frente a D./Dña. ALI
AZARIOUH sobre Cuenta de abogado se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Visto el contenido del anterior escrito sobre Reclamación de Honorarios, fórmese el
oportuno procedimiento y regístrese en el Libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto
en el art. 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a D./Dña. ALI AZARIOUH para
que en término de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado 2851-0000-68-0515-22 la
cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales 3.064,96
euros o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si
dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá
la vía de apremio contra sus bienes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá
la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander con
nº 2851-0000-68-0515-22 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de
constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de
poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“observaciones o concepto” los dígitos 2851-0000-68-0515-22.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. ALI AZARIOUH, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintidós de marzo de dos mil veintitrés.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.937/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 89
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
12
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA letrado/a de la Admón. de Justicia del
Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.
BOCM-20230415-12
Hago saber: Que en el procedimiento 515/2022 - 0001 (Ejecución: ) de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de RAFAEL PEINADOR DE ISIDRO frente a D./Dña. ALI
AZARIOUH sobre Cuenta de abogado se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Visto el contenido del anterior escrito sobre Reclamación de Honorarios, fórmese el
oportuno procedimiento y regístrese en el Libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto
en el art. 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a D./Dña. ALI AZARIOUH para
que en término de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado 2851-0000-68-0515-22 la
cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales 3.064,96
euros o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si
dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá
la vía de apremio contra sus bienes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá
la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander con
nº 2851-0000-68-0515-22 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de
constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de
poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“observaciones o concepto” los dígitos 2851-0000-68-0515-22.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. ALI AZARIOUH, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintidós de marzo de dos mil veintitrés.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.937/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791