Móstoles número 2 (BOCM-20230415-16)
Ejecución 9/2023
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 89
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023
Pág. 137
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
16
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Isabel Cano Campaña, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
social número 2 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 9/2023 (Ejecución: ) de este Juzgado de lo social,
seguido a instancia de D./Dña. MIRIAM CRISTINA MARIN GUERRERO, D./Dña. ERICA CAROLAY DIAZ FERMIN y D./Dña. RAFAEL SANTIAGO RODRIGUEZ HARO
frente a INVERSIONES DRIDMA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado
resolución del tenor literal siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 42.896,91 EUROS de principal (ERICA CAROLAY DIAZ FERMIN 14.396,88 euros, RAFAEL SANTIAGO RODRIGUEZ HARO 17.145,31 euros y MIRIAM CRISTINA MARIN GUERRERO 11.354,72
euros), más 104,59 euros de intereses de mora y 4.300 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado INVERSIONES DRIDMA SL,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL. Los Testimonios
se remitirán por correo certificado.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en
el plazo de tres días a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución
de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad
Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o
beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el
mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales
y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a INVERSIONES DRIDMA SL, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés.
(03/5.254/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230415-16
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
B.O.C.M. Núm. 89
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023
Pág. 137
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
16
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Isabel Cano Campaña, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
social número 2 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 9/2023 (Ejecución: ) de este Juzgado de lo social,
seguido a instancia de D./Dña. MIRIAM CRISTINA MARIN GUERRERO, D./Dña. ERICA CAROLAY DIAZ FERMIN y D./Dña. RAFAEL SANTIAGO RODRIGUEZ HARO
frente a INVERSIONES DRIDMA SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado
resolución del tenor literal siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 42.896,91 EUROS de principal (ERICA CAROLAY DIAZ FERMIN 14.396,88 euros, RAFAEL SANTIAGO RODRIGUEZ HARO 17.145,31 euros y MIRIAM CRISTINA MARIN GUERRERO 11.354,72
euros), más 104,59 euros de intereses de mora y 4.300 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado INVERSIONES DRIDMA SL,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL. Los Testimonios
se remitirán por correo certificado.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en
el plazo de tres días a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución
de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad
Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o
beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el
mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales
y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a INVERSIONES DRIDMA SL, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés.
(03/5.254/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230415-16
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA