D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230415-8)
Convenio – Convenio de cooperación educativa de 27 de marzo de 2023, entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 89
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023
Pág. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
8
CONVENIO de cooperación educativa de 27 de marzo de 2023, entre la Universidad
Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la
Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
En Madrid, a 27 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. José Ramón Menéndez Aquino, Viceconsejero de Hacienda de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid,
nombrado mediante el Decreto 206/2019, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 216, de 11 de septiembre de 2019),
en ejercicio de las competencias asumidas en virtud del apartado primero, punto 1.d).2.o, de
la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
De otra parte, D. Fernando Enrique García Muiña, Vicerrector de Innovación, en nombre
y representación de la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante, URJC), en ejercicio de la delegación de firma atribuida mediante Resolución de 7 de septiembre de 2022, del Sr. Rector
Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos D. Javier Ramos López, nombrado mediante Decreto 59/2021, de 7 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 83, del 8/4/2021), en su nombre y representación, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, y por los Estatutos de la URJC, aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 54, del 5 de marzo de 2003), y modificados
por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, del 10 de junio de 2010).
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica y competencia para suscribir el
presente Convenio de prácticas.
I. El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del Estudiante Universitario establece en su artículo 8.f) el derecho de los mismos a la realización de prácticas curriculares que podrán realizarse en entidades externas.
En igual sentido se pronuncian el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el
que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de
aseguramiento de su calidad; el RD 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas universitarias; el Reglamento de Prácticas Académicas Universitarias de
la URJC, aprobado por su Consejo de Gobierno, y demás legislación vigente al momento
de celebración del presente convenio, de aplicación y concordante con la mencionada.
II. La Comunidad de Madrid tiene como uno de sus retos estratégicos en materia de
recursos humanos el de atraer nuevo talento externo que facilite un ordenado relevo generacional, garantía a su vez de la conservación y gestión del conocimiento interno. De esta
forma, considera esencial que los estudiantes universitarios tengan un conocimiento directo y completo de la auténtica realidad de la gestión administrativa y de las oportunidades de
empleo que la Administración autonómica ofrece.
Dentro de ella, el Organismo Autónomo de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (en adelante ARRMI), según el artículo 2 de la
Ley 3/2004, de 10 de diciembre, por la que fue creada, tiene como objetivo básico “concentrar, desarrollar y ejecutar programas y actuaciones que contribuyan a los fines de reinserción y educación”. Es, por tanto, una responsabilidad fundamental de la ARRMI impulsar
BOCM-20230415-8
EXPONEN
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Pág. 111
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8
CONVENIO de cooperación educativa de 27 de marzo de 2023, entre la Universidad
Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la
Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
En Madrid, a 27 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. José Ramón Menéndez Aquino, Viceconsejero de Hacienda de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid,
nombrado mediante el Decreto 206/2019, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 216, de 11 de septiembre de 2019),
en ejercicio de las competencias asumidas en virtud del apartado primero, punto 1.d).2.o, de
la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
De otra parte, D. Fernando Enrique García Muiña, Vicerrector de Innovación, en nombre
y representación de la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante, URJC), en ejercicio de la delegación de firma atribuida mediante Resolución de 7 de septiembre de 2022, del Sr. Rector
Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos D. Javier Ramos López, nombrado mediante Decreto 59/2021, de 7 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 83, del 8/4/2021), en su nombre y representación, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, y por los Estatutos de la URJC, aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 54, del 5 de marzo de 2003), y modificados
por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, del 10 de junio de 2010).
Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica y competencia para suscribir el
presente Convenio de prácticas.
I. El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto
del Estudiante Universitario establece en su artículo 8.f) el derecho de los mismos a la realización de prácticas curriculares que podrán realizarse en entidades externas.
En igual sentido se pronuncian el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el
que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de
aseguramiento de su calidad; el RD 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas universitarias; el Reglamento de Prácticas Académicas Universitarias de
la URJC, aprobado por su Consejo de Gobierno, y demás legislación vigente al momento
de celebración del presente convenio, de aplicación y concordante con la mencionada.
II. La Comunidad de Madrid tiene como uno de sus retos estratégicos en materia de
recursos humanos el de atraer nuevo talento externo que facilite un ordenado relevo generacional, garantía a su vez de la conservación y gestión del conocimiento interno. De esta
forma, considera esencial que los estudiantes universitarios tengan un conocimiento directo y completo de la auténtica realidad de la gestión administrativa y de las oportunidades de
empleo que la Administración autonómica ofrece.
Dentro de ella, el Organismo Autónomo de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (en adelante ARRMI), según el artículo 2 de la
Ley 3/2004, de 10 de diciembre, por la que fue creada, tiene como objetivo básico “concentrar, desarrollar y ejecutar programas y actuaciones que contribuyan a los fines de reinserción y educación”. Es, por tanto, una responsabilidad fundamental de la ARRMI impulsar
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