D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230415-7)
Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios detallistas de pescados y productos congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), La Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación de Calzado de Madrid (ACC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER) y la Asociación Comercio Hábitat, Decoración, Muebles, Textil Hogar e Interiorismo para la Asistencia Técnica en Materia de Ordenación, Promoción y Fomento de la Actividad Comercial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 89

SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023

Pág. 103

-ANEXO IASISTENCIA TÉCNICA PARA LA PROFESIONALIZACIÓN DEL SECTOR
ÁREA

SECTOR JOYERO, PLATERO Y RELOJERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ENTIDAD
COLABORADORA

GREMIO DE JOYEROS, PLATEROS Y RELOJEROS DE MADRID

OBJETIVO

Profesionalización del sector ofreciendo asesoramiento técnico en las materias
que afectan a la actividad.

ACTUACIONES
COMPRENDIDAS

Asistencia técnica para la profesionalización del sector en las siguientes
materias:
ORDENACIÓN:Prestación de asistencia técnica en normaFva, nuevas
tecnologias, transformación digital, revisión modelo de negocio, comunicación,
seguridad, protección de datos, blanqueo de capitales, etc
PROMOCIÓN:Evaluación personalizada de la calidad de servicio y de la calidad
de establecimiento
FOMENTO: Información sobre las subvenciones y ayudas convocadas por la
Comunidad de Madrid dirigidas al sector

PERIODO DE EJECUCIÓN

DESDE EL 1 DE ABRIL HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2023

DESGLOSE DE COSTES

ASOCIACIÓN DE GREMIO DE JOYEROS, PLATEROS Y RELOJEROS DE
MADRID
1.- Asistencia técnica prestada por dos personas de la Asociación de lunes a
viernes y un técnico externo, con un total de 535 horas, a lo largo del período de
ejecución del Convenio por importe de 15.578,22 euros (IVA incluido)
Precio por hora:
Técnico 1, Grupo A.: 43,26 euros
Técnico 2, Grupo C nivel 2.: 10,66 euros
Técnico 3. Grupo A 60,00 euros (IVA incluido)
2.- Lugar de las asistencias técnicas en las instalaciones sitas en la calle
Príncipe de Vergara nº 74, 3º, Madrid: Coste asumido por la Asociación.
3.- Dirección técnica y programación: Coste asumido por la Asociación
4.- Gastos generales del local: Coste asumido por la Asociación.
COMUNIDAD DE MADRID:
1. La Comunidad para el desarrollo del presente Convenio aportará la cantidad de
15.578,22 euros (IVA incluido), con cargo al Subconcepto 26010 del Programa
431A “Comercio”, del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo para el ejercicio 2023.

BOCM-20230415-7

2. Los compromisos contenidos en la Cláusula Tercera, punto 3.1 del presente
Convenio.