D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230415-7)
Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios detallistas de pescados y productos congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), La Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación de Calzado de Madrid (ACC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER) y la Asociación Comercio Hábitat, Decoración, Muebles, Textil Hogar e Interiorismo para la Asistencia Técnica en Materia de Ordenación, Promoción y Fomento de la Actividad Comercial
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B.O.C.M. Núm. 89

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 15 DE ABRIL DE 2023

recta o indirectamente, a los vendedores de prensa, incluso cuando se refieran a la general
y normal actividad comercial.
La Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid
(ASECOM):
El artículo 5, apartado f) de sus estatutos recoge “Promover y fomentar actividades de
formación en todos los ámbitos, incluyendo la coordinación de los recursos necesarios para
su desarrollo y ejecución, tales como estudio de necesidades formativas, diseño y gestión
de planes de formación, asistencia técnica a empresas, orientación profesional y en general
cualquier actividad relacionada con la formación, así como intermediación laboral, que redunde en beneficio de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid”.
La Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en espacios urbanos y
mercadillos (GESCOMER):
La asociación recoge en el artículo 3 de sus estatutos de fecha 11 de agosto de 2017,
“La creación de herramientas que mejoren la gestión y la promoción del sector”.
La Asociación Comercio Hábitat, Decoración, Muebles, Textil Hogar e Interiorismo:
El artículo 5 de sus Estatutos Fundacionales establece que corresponde a la Asociación
la “Representación, gestión y defensa y fomento de los intereses económico-sociales comunes de sus miembros; la prestación de servicios de interés común para los asociados; la divulgación y la promoción comercial del sector…”
Las asociaciones y federaciones de comerciantes anteriormente mencionadas tradicionalmente han colaborado con la Administración en la realización de todo tipo de campañas
informativas, desarrollo de estrategias promocionales y participación en la actividad de fomento de los sectores de alimentación, electrodomésticos, textil, calzado, floristerías, ferreterías, librerías, ópticas y comercio ambulante de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, para el adecuado desarrollo de estas funciones las asociaciones descritas
requieren por parte de la Administración Pública de información actualizada en materia de
ordenación, promoción y fomento, así como la optimización de recursos materiales y humanos de que dispone la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, haciendo más efectivo el apoyo a los comercios de los diversos sectores comerciales.
IV. Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo requiere de cauces de colaboración con asociaciones profesionales, preferentemente con las representativas de los sectores que presentan especiales debilidades, cómo es
el caso de la alimentación, producto perecedero (floristerías), joyerías, ópticas, textil, calzado, ferreterías, comercio ambulante, librerías, electrodomésticos de la Comunidad de
Madrid para lograr un mayor y más eficaz grado de penetración en las empresas de comercio y, al mismo tiempo, mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitando la utilización
conjunta de medios y servicios públicos, en los términos descritos en el artículo 48.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector Público.
En este sentido, el artículo 23.1 del Decreto 34/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en su apartado n) recoge “El establecimiento de cauces de representación
y participación del propio sector en el desarrollo de las actuaciones de ordenación y promoción que se pongan en marcha por la Comunidad de Madrid”.
Las asociaciones de comerciantes constituyen el conducto natural y más directo de
participación de los comerciantes en las políticas de comercio y la experiencia acumulada
a lo largo de su trayectoria resulta de utilidad inestimable, tanto para colaborar con la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo en informar al comerciante sobre las materias objeto del presente Acuerdo, como para mantener informados a los poderes públicos sobre
aquellos sectores comerciales de especial sensibilidad.
La asistencia prestada por las asociaciones profesionales transmite la sensibilidad y el sentir de las empresas de comercio, lo que permite a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo establecer patrones orientativos de determinadas necesidades del pequeño comercio minorista, de cara a la confección de futuros programas y estrategias promocionales del sector.
V. Que las partes firmantes comparten objetivos a la hora de prestar asistencia técnica a los sectores comerciales de alimentación, electrodomésticos, floristerías, librerías,
joyerías, ópticas, textil, calzado, ferretería, comercio ambulante, venta profesional de prensa y mueble, decoración e interiorismo de la Comunidad de Madrid, en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial, de manera que todas las empresas
pertenecientes a los citados sectores puedan tener acceso a un mismo nivel de “protección”
en esos ámbitos y, de esta forma, ver atendidas sus necesidades como comerciantes con el
mismo grado de intensidad.

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