B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230414-6)
Puesto interino – Orden de 13 de abril de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de corrección de errores de la Orden de 31 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 88
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
Pág. 155
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
6
ORDEN de 13 de abril de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de corrección de errores de la Orden de 31 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería y se prevé la
constitución de lista de espera.
Advertido error por omisión, en la publicación del Anexo II de la Orden de 31 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de abril, páginas 59 a 63, número de inserción 03/5.660/23),
por la que se aprueba convocatoria pública para su cobertura interina, un puesto de trabajo
vacante en dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera, procede realizar
su corrección.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en uso de las facultades que tiene atribuidas,
RESUELVE
Primero
Incorporar el Anexo II de la antedicha Orden de 31 de marzo de 2023, en el que se relaciona la documentación acreditativa de los méritos.
ANEXO II
MÉRITO
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA
Experiencia como médico de Mutuas Colaboradoras de la
Seguridad Social en gestión y control de procesos de incapacidad
temporal derivados de contingencias profesionales: 3 puntos.
Vida laboral y copia del/los contrato/s de trabajo. Y certificado/s de
funciones (Solo y cuando del enunciado del contrato de trabajo no puedan
deducirse las funciones desempeñadas).
Experiencia como médico de atención primaria en centros públicos
o privados de salud: 3 puntos.
En el sector público:
- Certificado de Registro de Personal de la Comunidad de Madrid obtenido
de la aplicación autoservicio del Empleado (ASES), o en su defecto
Certificado de funciones emitido por el órgano competente de la
Administración de la Comunidad de Madrid.
Certificado de funciones emitido por el órgano competente de la
Administración Pública correspondiente.
En el sector privado:
- Vida laboral y copia del/los contrato/s de trabajo. Y certificado/s de
funciones (Solo y cuando del enunciado del contrato de trabajo no puedan
deducirse las funciones desempeñadas).
Conocimientos en materia de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales o de gestión de procesos de
incapacidad temporal por contingencias profesionales mediante
cursos impartidos en administraciones públicas: 2 puntos
A) Cursos de 20 a 40 horas de duración: 0,20 puntos
B) Cursos de 41 a 70 horas de duración: 0,40 puntos
C) C) Cursos de 71 o más horas de duración: 0,80 puntos
- Diploma o certificado de asistencia o aprovechamiento de cursos
relacionados con el objeto de la convocatoria, computándose los impartidos
por el Instituto Nacional de Administraciones Públicas u Organismo
equivalente en el ámbito de las Comunidades Autónomas, por el Servicio
Público de Empleo Estatal u organismos equivalentes en el ámbito de las
Comunidades Autónomas, por las Universidades y otros organismos y
centros homologados, o subvencionados por los Órganos competentes en
materia de formación del Estado o de las Comunidades Autónomas.
En todo caso, debe quedar constancia de la denominación del curso y su
contenido.
Conceder un nuevo plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria de siete días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente corrección de errores, con la finalidad de no causar perjuicio a los participantes en el procedimiento.
La presente corrección de errores pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante
el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su notificación, sin perjuicio de cualquier otro re-
BOCM-20230414-6
Segundo
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B.O.C.M. Núm. 88
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
Pág. 155
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
6
ORDEN de 13 de abril de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de corrección de errores de la Orden de 31 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería y se prevé la
constitución de lista de espera.
Advertido error por omisión, en la publicación del Anexo II de la Orden de 31 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de abril, páginas 59 a 63, número de inserción 03/5.660/23),
por la que se aprueba convocatoria pública para su cobertura interina, un puesto de trabajo
vacante en dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera, procede realizar
su corrección.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en uso de las facultades que tiene atribuidas,
RESUELVE
Primero
Incorporar el Anexo II de la antedicha Orden de 31 de marzo de 2023, en el que se relaciona la documentación acreditativa de los méritos.
ANEXO II
MÉRITO
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA
Experiencia como médico de Mutuas Colaboradoras de la
Seguridad Social en gestión y control de procesos de incapacidad
temporal derivados de contingencias profesionales: 3 puntos.
Vida laboral y copia del/los contrato/s de trabajo. Y certificado/s de
funciones (Solo y cuando del enunciado del contrato de trabajo no puedan
deducirse las funciones desempeñadas).
Experiencia como médico de atención primaria en centros públicos
o privados de salud: 3 puntos.
En el sector público:
- Certificado de Registro de Personal de la Comunidad de Madrid obtenido
de la aplicación autoservicio del Empleado (ASES), o en su defecto
Certificado de funciones emitido por el órgano competente de la
Administración de la Comunidad de Madrid.
Certificado de funciones emitido por el órgano competente de la
Administración Pública correspondiente.
En el sector privado:
- Vida laboral y copia del/los contrato/s de trabajo. Y certificado/s de
funciones (Solo y cuando del enunciado del contrato de trabajo no puedan
deducirse las funciones desempeñadas).
Conocimientos en materia de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales o de gestión de procesos de
incapacidad temporal por contingencias profesionales mediante
cursos impartidos en administraciones públicas: 2 puntos
A) Cursos de 20 a 40 horas de duración: 0,20 puntos
B) Cursos de 41 a 70 horas de duración: 0,40 puntos
C) C) Cursos de 71 o más horas de duración: 0,80 puntos
- Diploma o certificado de asistencia o aprovechamiento de cursos
relacionados con el objeto de la convocatoria, computándose los impartidos
por el Instituto Nacional de Administraciones Públicas u Organismo
equivalente en el ámbito de las Comunidades Autónomas, por el Servicio
Público de Empleo Estatal u organismos equivalentes en el ámbito de las
Comunidades Autónomas, por las Universidades y otros organismos y
centros homologados, o subvencionados por los Órganos competentes en
materia de formación del Estado o de las Comunidades Autónomas.
En todo caso, debe quedar constancia de la denominación del curso y su
contenido.
Conceder un nuevo plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria de siete días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente corrección de errores, con la finalidad de no causar perjuicio a los participantes en el procedimiento.
La presente corrección de errores pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante
el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su notificación, sin perjuicio de cualquier otro re-
BOCM-20230414-6
Segundo