C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230414-24)
Expropiación – Acuerdo de 23 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se declara urgente la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30, afectado por el procedimiento de expropiación forzosa instruido por el Ayuntamiento de Villalbilla (Madrid), por incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución de obras de conservación, así como por incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los bienes de interés cultural
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
Pág. 291
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
ACUERDO de 23 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se declara urgente la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30, afectado por el procedimiento de expropiación forzosa instruido por el
Ayuntamiento de Villalbilla (Madrid), por incumplimiento injustificado de las
órdenes de ejecución de obras de conservación, así como por incumplimiento
grave de las obligaciones de conservación de los bienes de interés cultural.
Con fecha 29 de noviembre de 2022 y NRE 30-001356-9, tuvo entrada en la Dirección
General de Reequilibrio Territorial, escrito del Ayuntamiento de Villalbilla, poniendo en conocimiento que “mediante Acuerdo adoptado por el Pleno municipal, en sesión celebrada el 16
de septiembre de 2022, se ha iniciado expediente de expropiación forzosa, por procedimiento
de urgencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre
de 1954, sobre Expropiación Forzosa (LEF), para la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30. Referencia catastral: 4860004VK7746S0001TI, por el incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución de obras de conservación [artículo
138.1.c).4.o y artículo 170. 2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio], así como el incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural (artículo 21 de la Ley
3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid), ambos incumplimientos causa de interés social para su expropiación forzosa”.
Con fecha 30 de noviembre de 2022, se dio traslado del expediente a la Dirección General del Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Según consta en la documentación que constituye el expediente administrativo, mediante Resolución de la Alcaldía número 236/2022, de 18 de marzo de 2022, se resolvió declarar la ruina inminente urbanística total de la edificación referenciada propiedad de Promociones y Edificaciones Maqueda Cuellar, S. C., con objeto de su demolición y
sustitución por edificación municipal, tras expropiación mediante nuevo proyecto, con
aprobación de la Dirección General de Patrimonio.
Mediante la misma Resolución de Alcaldía en base al informe emitido por el Arquitecto Municipal con fecha 17 de marzo de 2022, se acuerda declarar el incumplimiento del
deber de conservación de dicha edificación, dada la ausencia de mantenimiento con la debida diligencia a cargo de la propiedad del deber de conservación puesta de manifiesto, y
no habiendo concurrido fuerza mayor, hecho fortuito o culpa de tercero, de acuerdo con el
artículo 171.3.a) y b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, declarando, igualmente, el incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural, visto asimismo, el Informe preceptivo y determinante emitido por la Subdirección General de Patrimonio Histórico, Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de 8 de febrero de 2022.
Visto, asimismo, el Informe número 209/2022, emitido por el Arquitecto municipal en
fecha 6 de septiembre de 2022, mediante el que se pronuncia sobre la necesidad de ocupación y valoración del bien, el Pleno Municipal, en sesión celebrada el 16 de septiembre
de 2022, acordó el inicio de expropiación del inmueble situado en calle Antonio Canella
Peirolé, número 30, en el municipio de Villalbilla, por incumplimiento injustificado de las
órdenes de ejecución de obras de conservación, así como por incumplimiento grave de las
obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural.
Asimismo, en dicho Acuerdo se aprobó la determinación concreta, individualizada y
valorada del bien a ocupar necesariamente a los efectos de la expropiación forzosa y proceder a su publicación en la forma a que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación
Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sede electrónica de este Ayuntamiento, tablón de
anuncios y en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia, con notificación personal a la entidad titular.
La descripción del inmueble es: Edificio construido, según catastro, el año 1942. El terreno de la parcela tiene una superficie de 209 m2, la construcción ocupa la totalidad de la
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B.O.C.M. Núm. 88
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ACUERDO de 23 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se declara urgente la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30, afectado por el procedimiento de expropiación forzosa instruido por el
Ayuntamiento de Villalbilla (Madrid), por incumplimiento injustificado de las
órdenes de ejecución de obras de conservación, así como por incumplimiento
grave de las obligaciones de conservación de los bienes de interés cultural.
Con fecha 29 de noviembre de 2022 y NRE 30-001356-9, tuvo entrada en la Dirección
General de Reequilibrio Territorial, escrito del Ayuntamiento de Villalbilla, poniendo en conocimiento que “mediante Acuerdo adoptado por el Pleno municipal, en sesión celebrada el 16
de septiembre de 2022, se ha iniciado expediente de expropiación forzosa, por procedimiento
de urgencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre
de 1954, sobre Expropiación Forzosa (LEF), para la ocupación del bien sito en la calle Antonio Canella Peirolé, número 30. Referencia catastral: 4860004VK7746S0001TI, por el incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución de obras de conservación [artículo
138.1.c).4.o y artículo 170. 2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio], así como el incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural (artículo 21 de la Ley
3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid), ambos incumplimientos causa de interés social para su expropiación forzosa”.
Con fecha 30 de noviembre de 2022, se dio traslado del expediente a la Dirección General del Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Según consta en la documentación que constituye el expediente administrativo, mediante Resolución de la Alcaldía número 236/2022, de 18 de marzo de 2022, se resolvió declarar la ruina inminente urbanística total de la edificación referenciada propiedad de Promociones y Edificaciones Maqueda Cuellar, S. C., con objeto de su demolición y
sustitución por edificación municipal, tras expropiación mediante nuevo proyecto, con
aprobación de la Dirección General de Patrimonio.
Mediante la misma Resolución de Alcaldía en base al informe emitido por el Arquitecto Municipal con fecha 17 de marzo de 2022, se acuerda declarar el incumplimiento del
deber de conservación de dicha edificación, dada la ausencia de mantenimiento con la debida diligencia a cargo de la propiedad del deber de conservación puesta de manifiesto, y
no habiendo concurrido fuerza mayor, hecho fortuito o culpa de tercero, de acuerdo con el
artículo 171.3.a) y b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, declarando, igualmente, el incumplimiento grave de las obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural, visto asimismo, el Informe preceptivo y determinante emitido por la Subdirección General de Patrimonio Histórico, Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de 8 de febrero de 2022.
Visto, asimismo, el Informe número 209/2022, emitido por el Arquitecto municipal en
fecha 6 de septiembre de 2022, mediante el que se pronuncia sobre la necesidad de ocupación y valoración del bien, el Pleno Municipal, en sesión celebrada el 16 de septiembre
de 2022, acordó el inicio de expropiación del inmueble situado en calle Antonio Canella
Peirolé, número 30, en el municipio de Villalbilla, por incumplimiento injustificado de las
órdenes de ejecución de obras de conservación, así como por incumplimiento grave de las
obligaciones de conservación de los Bienes de Interés Cultural.
Asimismo, en dicho Acuerdo se aprobó la determinación concreta, individualizada y
valorada del bien a ocupar necesariamente a los efectos de la expropiación forzosa y proceder a su publicación en la forma a que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación
Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sede electrónica de este Ayuntamiento, tablón de
anuncios y en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia, con notificación personal a la entidad titular.
La descripción del inmueble es: Edificio construido, según catastro, el año 1942. El terreno de la parcela tiene una superficie de 209 m2, la construcción ocupa la totalidad de la
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