C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230414-19)
Convocatoria subvenciones – Orden 872/2023, de 24 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, por la que se por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones a entidades sin fin de lucro en concepto de mantenimiento de centros y servicios, para la atención social especializada a personas con enfermedad mental grave y duradera
54 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
CATEGORÍA
LABORAL.
TITULACIÓN (*)
PUESTO DE
TRABAJO
VINCULACIÓN
JURÍDICA (**)
TIPO DE
CONTRATO
CÓDIGO
CONTRATO
TRIENIOS
RECONOCIDOS
Y/O CDP
(***)
BRUTO
NÓMINA
MENSUAL
BRUTO ANUAL
TRABAJADOR
(BRUTO MENSUAL
x 12 ó 14)
HORAS
ANUALES
TRABAJADOR
(****)
COSTE HORA
TRABAJADOR
(sin Seguridad
Social)
Salario Bruto
annual/Horas
anuales
HORAS
ANUALES
DEDICADAS AL
SERVICIO (****)
SEGURIDAD
SOCIAL
SERVICIO (****)
COSTE
ANUALTRABAJA
DOR/SERVICIO
(Coste hora x
horas anuales
servicio +
Seguridad Social
servicio)
OTRAS
SUBVENCIONES
(******)
Modulo: 1254FO4
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
BOCM-20230414-19
Página 8 de 11
(******) Especificar si se ha solicitado subvención para el trabajador en alguna otra convocatoria. En caso afirmativo, indicar convocatoria y cantidad solicitada y/o concedida.
(*****) Deberá incluirse el coste de la Seguridad Social únicamente de las horas dedicadas al servicio.
(****) Especificar el número de horas dedicadas al servicio, a razón de 45 semanas anuales de trabajo, máximo según convenio.
(***) Consignar en número los trienios reconocidos y los CDPs, especificando los correspondientes a cada tipo.
(**) Deberá especificar si se trata de personal laboral, personal religioso retribuido, personal retribuido por acto profesional, otras situaciones y tipo de contrato. El código de contrato será el establecido en los epígrafes de la Seguridad Social que
cuantifican el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora.
HORAS
SEMANALES
DEDICADAS AL
SERVICIO
B.O.C.M. Núm. 88
(*) Según categorías laborales definidas en el Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad actualmente vigente.
APELLIDOS Y NOMBRE
8. Relación del personal contratado:
Denominación del centro
ANEXO 4.H
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 241
LABORAL.
TITULACIÓN (*)
PUESTO DE
TRABAJO
VINCULACIÓN
JURÍDICA (**)
TIPO DE
CONTRATO
CÓDIGO
CONTRATO
TRIENIOS
RECONOCIDOS
Y/O CDP
(***)
BRUTO
NÓMINA
MENSUAL
BRUTO ANUAL
TRABAJADOR
(BRUTO MENSUAL
x 12 ó 14)
HORAS
ANUALES
TRABAJADOR
(****)
COSTE HORA
TRABAJADOR
(sin Seguridad
Social)
Salario Bruto
annual/Horas
anuales
HORAS
ANUALES
DEDICADAS AL
SERVICIO (****)
SEGURIDAD
SOCIAL
SERVICIO (****)
COSTE
ANUALTRABAJA
DOR/SERVICIO
(Coste hora x
horas anuales
servicio +
Seguridad Social
servicio)
OTRAS
SUBVENCIONES
(******)
Modulo: 1254FO4
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
BOCM-20230414-19
Página 8 de 11
(******) Especificar si se ha solicitado subvención para el trabajador en alguna otra convocatoria. En caso afirmativo, indicar convocatoria y cantidad solicitada y/o concedida.
(*****) Deberá incluirse el coste de la Seguridad Social únicamente de las horas dedicadas al servicio.
(****) Especificar el número de horas dedicadas al servicio, a razón de 45 semanas anuales de trabajo, máximo según convenio.
(***) Consignar en número los trienios reconocidos y los CDPs, especificando los correspondientes a cada tipo.
(**) Deberá especificar si se trata de personal laboral, personal religioso retribuido, personal retribuido por acto profesional, otras situaciones y tipo de contrato. El código de contrato será el establecido en los epígrafes de la Seguridad Social que
cuantifican el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora.
HORAS
SEMANALES
DEDICADAS AL
SERVICIO
B.O.C.M. Núm. 88
(*) Según categorías laborales definidas en el Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad actualmente vigente.
APELLIDOS Y NOMBRE
8. Relación del personal contratado:
Denominación del centro
ANEXO 4.H
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 241