D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20230414-50)
Convenio – Convenio de 15 de febrero de 2023, para la construcción de un carril bus a lo largo de la avenida de Burgos desde la glorieta de la avenida de San Luis hasta la intersección con la carretera de Fuencarral en Las Tablas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
Pág. 383
ocasiona retenciones y atascos que perjudican la velocidad comercial de los vehículos que
prestan el servicio de transporte público.
La zona de Las Tablas y Sanchinarro se ha convertido en los últimos años en un polo
de atracción para empresas y multinacionales provocando la concentración de un elevado
número de parques empresariales que consolidan la autovía A-1 como eje de desarrollo
para las empresas y por tanto un gran foco de empleo. La A-1 canaliza tanto los desplazamientos generados por los empleados como los de residentes de la zona norte de Madrid,
presentando esta vía actualmente importantes problemas de congestión en horas punta.
El conjunto de todos los factores anteriores está propiciando un modelo insostenible
de movilidad en la zona norte de Madrid, ocasionado por la concentración horaria de los
desplazamientos, la baja competitividad del transporte público debido al mayor tiempo de
viaje que en vehículo privado y la poca accesibilidad a los nodos de alta capacidad debido
a la discontinuidad en los itinerarios peatonales y ciclistas.
Este viario es, por tanto, adecuado para analizar y, en su caso, poner en servicio un carril reservado para autobuses de transporte público y privado complementario autorizando
el Ayuntamiento de Madrid la circulación del transporte privado complementario con el objetivo de aumentar la velocidad comercial del transporte colectivo haciéndolo así más competitivo frente al vehículo privado, evitando la penalización que se produce en los tiempos
de viaje debido a la congestión existente en el nudo de Manoteras y la glorieta de Caser.
Con la implantación de un carril reservado para autobuses de transporte público y privado complementario se pretende hacer más atractivo el uso del transporte colectivo en el
ámbito de la A-1 (se reducirán los tiempos de viaje en horas punta) y con la implantación
del carril-bici se potenciará el empleo de los modos menos contaminantes, fomentando con
todo ello la racionalización del uso del vehículo privado y reduciendo la contaminación atmosférica por persona transportada.
Por tanto, se implantará un carril bus en sentido salida de Madrid, a lo largo de la avenida de Burgos desde la intersección con la avenida de San Luis hasta la carretera de Fuencarral a Hortaleza en la zona de Las Tablas.
Segundo
El Ayuntamiento tiene entre sus competencias las relativas al medio ambiente urbano,
en particular la protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las
zonas urbanas, las de infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad y las de
tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad y transporte colectivo urbano, conforme
dispone el artículo 25.2.b), d) y g) de la Ley 7/1985 de 2 abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
El Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad tiene competencias ejecutivas,
de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de
julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y
Movilidad, en materia de gestión y vigilancia de la movilidad y planificación de la movilidad e infraestructuras del transporte.
El Consorcio Regional de Transportes de Madrid, de acuerdo lo previsto en el artículo 2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes
Públicos Regulares de Madrid, ejercerá sobre el transporte público regular de viajeros, que
circule por toda clase de vías cualquiera que sea la titularidad de estas, las siguientes competencias: a) Las que corresponden o le sean delegadas a la Comunidad de Madrid. b) Las
que correspondan a los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que se hayan adherido
voluntariamente al Consorcio mediante acuerdo plenario. El Ayuntamiento de Madrid esta
adherido y forma parte del Consorcio.
Asimismo, el Consorcio Regional de Transportes realizará en el marco de las competencias antedichas la función de la planificación de la infraestructura del transporte público
de viajeros, definiendo las directrices de la política a seguir; la programación de las inversiones y la supervisión de los correspondientes proyectos.
Cuarto
Merlin Properties es propietario en el ámbito de la Autovía A-1 de 18 parques empresariales con una superficie superior a los 300.000 m2, ocupados por grandes y medianas em-
BOCM-20230414-50
Tercero
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
Pág. 383
ocasiona retenciones y atascos que perjudican la velocidad comercial de los vehículos que
prestan el servicio de transporte público.
La zona de Las Tablas y Sanchinarro se ha convertido en los últimos años en un polo
de atracción para empresas y multinacionales provocando la concentración de un elevado
número de parques empresariales que consolidan la autovía A-1 como eje de desarrollo
para las empresas y por tanto un gran foco de empleo. La A-1 canaliza tanto los desplazamientos generados por los empleados como los de residentes de la zona norte de Madrid,
presentando esta vía actualmente importantes problemas de congestión en horas punta.
El conjunto de todos los factores anteriores está propiciando un modelo insostenible
de movilidad en la zona norte de Madrid, ocasionado por la concentración horaria de los
desplazamientos, la baja competitividad del transporte público debido al mayor tiempo de
viaje que en vehículo privado y la poca accesibilidad a los nodos de alta capacidad debido
a la discontinuidad en los itinerarios peatonales y ciclistas.
Este viario es, por tanto, adecuado para analizar y, en su caso, poner en servicio un carril reservado para autobuses de transporte público y privado complementario autorizando
el Ayuntamiento de Madrid la circulación del transporte privado complementario con el objetivo de aumentar la velocidad comercial del transporte colectivo haciéndolo así más competitivo frente al vehículo privado, evitando la penalización que se produce en los tiempos
de viaje debido a la congestión existente en el nudo de Manoteras y la glorieta de Caser.
Con la implantación de un carril reservado para autobuses de transporte público y privado complementario se pretende hacer más atractivo el uso del transporte colectivo en el
ámbito de la A-1 (se reducirán los tiempos de viaje en horas punta) y con la implantación
del carril-bici se potenciará el empleo de los modos menos contaminantes, fomentando con
todo ello la racionalización del uso del vehículo privado y reduciendo la contaminación atmosférica por persona transportada.
Por tanto, se implantará un carril bus en sentido salida de Madrid, a lo largo de la avenida de Burgos desde la intersección con la avenida de San Luis hasta la carretera de Fuencarral a Hortaleza en la zona de Las Tablas.
Segundo
El Ayuntamiento tiene entre sus competencias las relativas al medio ambiente urbano,
en particular la protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las
zonas urbanas, las de infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad y las de
tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad y transporte colectivo urbano, conforme
dispone el artículo 25.2.b), d) y g) de la Ley 7/1985 de 2 abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
El Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad tiene competencias ejecutivas,
de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de
julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y
Movilidad, en materia de gestión y vigilancia de la movilidad y planificación de la movilidad e infraestructuras del transporte.
El Consorcio Regional de Transportes de Madrid, de acuerdo lo previsto en el artículo 2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes
Públicos Regulares de Madrid, ejercerá sobre el transporte público regular de viajeros, que
circule por toda clase de vías cualquiera que sea la titularidad de estas, las siguientes competencias: a) Las que corresponden o le sean delegadas a la Comunidad de Madrid. b) Las
que correspondan a los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que se hayan adherido
voluntariamente al Consorcio mediante acuerdo plenario. El Ayuntamiento de Madrid esta
adherido y forma parte del Consorcio.
Asimismo, el Consorcio Regional de Transportes realizará en el marco de las competencias antedichas la función de la planificación de la infraestructura del transporte público
de viajeros, definiendo las directrices de la política a seguir; la programación de las inversiones y la supervisión de los correspondientes proyectos.
Cuarto
Merlin Properties es propietario en el ámbito de la Autovía A-1 de 18 parques empresariales con una superficie superior a los 300.000 m2, ocupados por grandes y medianas em-
BOCM-20230414-50
Tercero