C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230413-28)
Puesto funcionario habilitación nacional – Resolución de 27 de marzo de 2023, del Director General de Reequilibrio Territorial, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Viceintervencion, del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE ABRIL DE 2023
Pág. 165
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2023, del Director General de Reequilibrio
Territorial, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Viceintervencion, del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, mediante
escrito de 24 de marzo de 2023, en el que se solicita la supresión del puesto de colaboración denominado Viceintervención, reservado a funcionarios de la Administración Local
con habilitación de carácter nacional, que actualmente se encuentra vacante.
Visto que en el expediente consta: Oficio de remisión fecha 24 de marzo de 2023; Certificado de Secretaria del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 23 de diciembre de 2022,
por el que se acuerda la amortización del puesto de colaboración denominado Viceintervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales pueden crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a
las de Secretaría, Intervención y Tesorería correspondiendo su clasificación a las Comunidades Autónomas.
Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, establece en su apartado primero “Las Entidades Locales podrán crear
otros puestos de trabajo que tengan atribuidas funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica del titular de la Secretaría,
Intervención o Tesorería, respectivamente”.
Visto que el artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, le atribuye a las
Comunidades Autónomas la clasificación de los puestos de colaboración.
De conformidad con lo expuesto, la competencia para la supresión del puesto de colaboración le corresponde al Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 15
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, “en virtud de su potestad de autoorganización,
al poder ser creados discrecionalmente por las Entidades Locales y, por ende, poder suprimirlos, dado que no son puestos obligatorios”. Mientras, que la competencia para su clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el
artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, limitándose a determinar la subescala y categoría que corresponde al puesto, y esta se realizará a propuesta del Ayuntamiento en base a parámetros de presupuesto y población que se determinan en el propio
artículo 15, y debiendo publicarse en los diarios oficiales correspondientes.
Así pues, que en relación al expediente de supresión del puesto de colaboración denominado Viceintervención del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, se debe concluir que
la competencia para la creación y supresión del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación (tanto de la creación como de la supresión) le corresponde a la Comunidad de Madrid.
Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos y el informe del
área de régimen jurídico local.
Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Administración Local y Digitalización,
HE RESUELTO
1. Dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habili-
BOCM-20230413-28
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2023, del Director General de Reequilibrio
Territorial, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Viceintervencion, del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, mediante
escrito de 24 de marzo de 2023, en el que se solicita la supresión del puesto de colaboración denominado Viceintervención, reservado a funcionarios de la Administración Local
con habilitación de carácter nacional, que actualmente se encuentra vacante.
Visto que en el expediente consta: Oficio de remisión fecha 24 de marzo de 2023; Certificado de Secretaria del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 23 de diciembre de 2022,
por el que se acuerda la amortización del puesto de colaboración denominado Viceintervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales pueden crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a
las de Secretaría, Intervención y Tesorería correspondiendo su clasificación a las Comunidades Autónomas.
Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, establece en su apartado primero “Las Entidades Locales podrán crear
otros puestos de trabajo que tengan atribuidas funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica del titular de la Secretaría,
Intervención o Tesorería, respectivamente”.
Visto que el artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, le atribuye a las
Comunidades Autónomas la clasificación de los puestos de colaboración.
De conformidad con lo expuesto, la competencia para la supresión del puesto de colaboración le corresponde al Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 15
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, “en virtud de su potestad de autoorganización,
al poder ser creados discrecionalmente por las Entidades Locales y, por ende, poder suprimirlos, dado que no son puestos obligatorios”. Mientras, que la competencia para su clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el
artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, limitándose a determinar la subescala y categoría que corresponde al puesto, y esta se realizará a propuesta del Ayuntamiento en base a parámetros de presupuesto y población que se determinan en el propio
artículo 15, y debiendo publicarse en los diarios oficiales correspondientes.
Así pues, que en relación al expediente de supresión del puesto de colaboración denominado Viceintervención del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, se debe concluir que
la competencia para la creación y supresión del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación (tanto de la creación como de la supresión) le corresponde a la Comunidad de Madrid.
Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos y el informe del
área de régimen jurídico local.
Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Administración Local y Digitalización,
HE RESUELTO
1. Dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habili-
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