Torrejón de Ardoz (BOCM-20230412-90)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 86
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
90
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución de 10 de abril de 2023, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local (punto número 2 fuera del orden del día), por la que se procede a la convocatoria
especial de ayudas para las comunidades de propietarios que hayan instalado ascensores en Torrejón de Ardoz durante los años 2019, 2020 y 2021. (Código 2023/2023/3/640819/000).
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar las presentes subvenciones las comunidades de propietarios en edificio/s colectivo/s en altura que cumplan la totalidad de los siguientes requisitos:
— Que tengan su domicilio fiscal en Torrejón de Ardoz.
— Que se hayan construido antes del año 2006 y que tengan un mínimo de dos alturas.
— Que hayan instalado ascensores durante los años 2019, 2020 y 2021.
Segundo. Objeto.—Son susceptibles de subvención las obras ya ejecutadas para la
instalación de ascensores ya instalados en las Comunidades de Propietarios en edificio/s colectivo/s en altura de Torrejón de Ardoz durante los años 2019, 2020 y 2021.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
consultar en la web del Ayuntamiento Ordenanza y bases reguladoras concesion subvenciones.pdf ( ayto-torrejon.es ), en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF,
Cuarto. Cuantía.—La cuantía de la subvención para cada comunidad de propietarios
que cumpla los requisitos y de acuerdo con los criterios de valoración de la solicitud señalados en el artículo 11 de estas bases, será el resultado de dividir el importe total de la dotación presupuestaria de la subvención entre el número total de viviendas de todas las comunidades de propietarios que hayan cumplido los requisitos y multiplicado por el número
de viviendas existentes en cada comunidad.
El importe de la subvención para cada comunidad no podrá exceder en ningún caso
de 100 por 100 del coste de ejecución de la instalación del ascensor.
Esta convocatoria se ejecutará en base a los presupuestos municipales de 2023 con una
dotación presupuestaria inicial de 131.128,21 euros con cargo a la partida 100.15220.48000
y Código de Subvención 2023/2023/3/640819/000.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para solicitar las ayudas
previstas en esta convocatoria estará abierto desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el próximo 31 de mayo de 2023.
Las solicitudes podrán ser presentadas de forma prioritaria a través de sede electrónica (con certificado o DNI electrónico) y subsidiariamente de forma presencial a través del
Registro Municipal.
La solicitud deberá ajustarse al modelo oficial aprobado con la convocatoria.
Sexto. Otros.—El procedimiento de concesión de las subvenciones será en régimen
de concurrencia competitiva.
Torrejón de Ardoz, a 10 de abril de 2023.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez
Casavilla.
(03/6.014/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230412-90
BDNS: 686916
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B.O.C.M. Núm. 86
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
90
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución de 10 de abril de 2023, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local (punto número 2 fuera del orden del día), por la que se procede a la convocatoria
especial de ayudas para las comunidades de propietarios que hayan instalado ascensores en Torrejón de Ardoz durante los años 2019, 2020 y 2021. (Código 2023/2023/3/640819/000).
Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar las presentes subvenciones las comunidades de propietarios en edificio/s colectivo/s en altura que cumplan la totalidad de los siguientes requisitos:
— Que tengan su domicilio fiscal en Torrejón de Ardoz.
— Que se hayan construido antes del año 2006 y que tengan un mínimo de dos alturas.
— Que hayan instalado ascensores durante los años 2019, 2020 y 2021.
Segundo. Objeto.—Son susceptibles de subvención las obras ya ejecutadas para la
instalación de ascensores ya instalados en las Comunidades de Propietarios en edificio/s colectivo/s en altura de Torrejón de Ardoz durante los años 2019, 2020 y 2021.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden
consultar en la web del Ayuntamiento Ordenanza y bases reguladoras concesion subvenciones.pdf ( ayto-torrejon.es ), en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF,
Cuarto. Cuantía.—La cuantía de la subvención para cada comunidad de propietarios
que cumpla los requisitos y de acuerdo con los criterios de valoración de la solicitud señalados en el artículo 11 de estas bases, será el resultado de dividir el importe total de la dotación presupuestaria de la subvención entre el número total de viviendas de todas las comunidades de propietarios que hayan cumplido los requisitos y multiplicado por el número
de viviendas existentes en cada comunidad.
El importe de la subvención para cada comunidad no podrá exceder en ningún caso
de 100 por 100 del coste de ejecución de la instalación del ascensor.
Esta convocatoria se ejecutará en base a los presupuestos municipales de 2023 con una
dotación presupuestaria inicial de 131.128,21 euros con cargo a la partida 100.15220.48000
y Código de Subvención 2023/2023/3/640819/000.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para solicitar las ayudas
previstas en esta convocatoria estará abierto desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el próximo 31 de mayo de 2023.
Las solicitudes podrán ser presentadas de forma prioritaria a través de sede electrónica (con certificado o DNI electrónico) y subsidiariamente de forma presencial a través del
Registro Municipal.
La solicitud deberá ajustarse al modelo oficial aprobado con la convocatoria.
Sexto. Otros.—El procedimiento de concesión de las subvenciones será en régimen
de concurrencia competitiva.
Torrejón de Ardoz, a 10 de abril de 2023.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez
Casavilla.
(03/6.014/23)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
BOCM-20230412-90
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