Navas del Rey (BOCM-20230412-84)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 86

MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

Pág. 367

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO

Calendario del contribuyente para el ejercicio 2023 aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 17 de marzo 2023.
CONCEPTO TRIBUTARIO
I.V.T.M.
B.I.C.E.
I.B.I. URBANA

PLAZO DE COBRANZA
15 MARZO A 15 MAYO
17 MAYO A 17 JULIO

1.er PLAZO

17 MAYO A 17 JULIO

2.o PLAZO

21 SEPTIEMBRE A 21 NOVIEMBRE

TASA BASURA

19 JULIO A 19 SEPTIEMBRE

TASA VADOS

19 JULIO A 19 SEPTIEMBRE

POSTES PUBLICIDAD

19 JULIO A 19 SEPTIEMBRE

VALLAS PUBLICIDAD

19 JULIO A 19 SEPTIEMBRE

I.B.I. RÚSTICA

21 SEPTIEMBRE A 21 NOVIEMBRE

I.A.E.

21 SEPTIEMBRE A 21 NOVIEMBRE

BOCM-20230412-84

Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1. De reposición, con carácter previo al recurso contencioso-administrativo, dentro
del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto, según los
artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de conformidad con los artículos 8.1.b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 14.2.ñ) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
En Navas del Rey, a 28 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(01/5.454/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791