D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230412-46)
Depósito estatutos –  Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato Independiente de Técnicos Sociosanitarios de Grado Medio de Madrid-SIAET (Número de depósito: 28000848)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

Pág. 297

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos
de la organización sindical denominada Sindicato Independiente de Técnicos Sociosanitarios de Grado Medio de Madrid-SIAET (Número de depósito: 28000848).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. José Ángel Montero Esteso, en representación de la confederación sindical denominada Sindicato
Independiente de Técnicos Sociosanitarios de Grado Medio de Madrid-SIAET y teniendo
en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada confederación presentó escrito, con registro de entrada 28/2023/000079
en esta Oficina de Depósito de Estatutos de 1 de marzo de 2023 por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta acta de los acuerdos de modificación estatutaria adoptados en el V Congreso General Ordinario celebrado el 8 de enero de 2023.
Asimismo se aporta el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados. En particular, se modifica el contenido y numeración de los artículos 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13,
14, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 35, 36, 37 y 39. Han cambiado
de numeración y no de contenido los artículos 15, 16, 20, 21, 25, 38 y 40 con respecto al
anterior Estatuto, asimismo, se modifican las siglas del sindicato pasando a ser SIAET.
Segundo
Que, examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical, y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad
Sindical, y en el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y
Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

Que, examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical, y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
ACUERDA
El depósito de la modificación del texto de la confederación sindical Sindicato Independiente de Técnicos Sociosanitarios de Madrid; así como la inserción de esta Resolución

BOCM-20230412-46

Segundo