C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20230412-39)
Delegación competencias – Acuerdo de 28 de marzo de 2023, de delegación de competencia en la Comisión Económica del Consejo Social, para la aprobación de las transferencias de crédito
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BOCM
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 86
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Universidad de Alcalá
39
ACUERDO de 28 de marzo de 2023, de delegación de competencia en la Comisión Económica del Consejo Social, para la aprobación de las transferencias
de crédito.
Con el objeto de facilitar el cumplimiento de los fines institucionales y lograr una mayor agilidad y eficacia, el Pleno del Consejo Social, al amparo del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 16.3 de la Ley 12/2002, de 18 de
diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid,
ACUERDA
BOCM-20230412-39
Delegar en la Comisión Económica del Consejo Social la competencia para la aprobación de las transferencias de crédito.
Esta delegación comprenderá la aprobación de las transferencias de crédito en los términos previsto en la legislación vigente y en la normativa gestión económica y presupuestaria
de la Universidad de Alcalá, y tendrá una duración de tres años.
La presente delegación deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y entrará en vigor el día siguiente a su publicación.
En todos los actos y resoluciones que se dicten en el ejercicio de esta delegación de
competencias deberá hacerse constar expresamente la circunstancia de que han sido conferidas mediante la presente Resolución.
Alcalá de Henares, a 28 de marzo de 2023.—El Presidente del Consejo Social de la
Universidad de Alcalá, Joaquín Leguina Herrán.
(03/5.419/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 86
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Universidad de Alcalá
39
ACUERDO de 28 de marzo de 2023, de delegación de competencia en la Comisión Económica del Consejo Social, para la aprobación de las transferencias
de crédito.
Con el objeto de facilitar el cumplimiento de los fines institucionales y lograr una mayor agilidad y eficacia, el Pleno del Consejo Social, al amparo del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 16.3 de la Ley 12/2002, de 18 de
diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid,
ACUERDA
BOCM-20230412-39
Delegar en la Comisión Económica del Consejo Social la competencia para la aprobación de las transferencias de crédito.
Esta delegación comprenderá la aprobación de las transferencias de crédito en los términos previsto en la legislación vigente y en la normativa gestión económica y presupuestaria
de la Universidad de Alcalá, y tendrá una duración de tres años.
La presente delegación deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y entrará en vigor el día siguiente a su publicación.
En todos los actos y resoluciones que se dicten en el ejercicio de esta delegación de
competencias deberá hacerse constar expresamente la circunstancia de que han sido conferidas mediante la presente Resolución.
Alcalá de Henares, a 28 de marzo de 2023.—El Presidente del Consejo Social de la
Universidad de Alcalá, Joaquín Leguina Herrán.
(03/5.419/23)
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