Alcalá de Henares (BOCM-20230411-78)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 85

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE ABRIL DE 2023

Pág. 373

BOCM-20230411-78

El abono de las ayudas concedidas se llevará a cabo previa justificación de los gastos
contemplados en la concesión y que deberán haber sido realizados entre el 1 de enero de 2023
y el 15 de septiembre de 2023.
La cuantía de la subvención concedida y finalmente abonada, será calculada en función
de la justificación aportada. En todo caso, la cuantía máxima apercibir será el 80 por 100 del
gasto íntegro de las actuaciones realizadas, hasta un máximo de 10.000 euros. Para importes
menores o iguales a 1.500 euros, será subvencionable el 100 por 100 del coste de la actuación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las personas interesadas podrán presentar su solicitud conforme al modelo del Anexo I de las Bases Reguladoras, desde el día
siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y hasta el 15 de septiembre de 2023.
Sexto. Otros datos.—La concesión de una subvención de la presente convocatoria,
será incompatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en
coincidencia de la misma finalidad, de otras Administraciones o entes públicos o privados,
nacionales de la Unión Europea u otros.
Las solicitudes se otorgarán de acuerdo al siguiente orden de prelación, hasta la finalización de la cuantía asignada:
— Grado III de valoración de Dependencia y/o acreditación igual o superior a 75 por 100
de Discapacidad con baremo de movilidad reducida: 5 puntos.
— Grado II de valoración de Dependencia y/o acreditación igual o superior a 65 por 100
de Discapacidad: 3 puntos.
— Grado I de valoración de Dependencia y/o acreditación igual o superior al 45 por 100
de Dependencia: 1 punto.
La cuantía de la subvención concedida y finalmente abonada, será calculada en función de la justificación aportada, y que deberá presentarse con la siguiente documentación:
facturas originales de la adaptación realizada, con la documentación acreditativa del pago
y fotografías de la actuación terminada que se corresponda con las facturas aportadas.
Alcalá de Henares, a 29 de marzo de 2023.—La concejala-delegada de Servicios Sociales, Salud y Consumo, Blanca Ibarra Morueco.
(03/5.464/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791