C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230411-45)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 846/2023, de 21 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas aprobadas por Orden 1359/2020, de 25 de junio, a entidades juveniles para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 11 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 85

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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EXTRACTO de la Orden 846/2023, de 21 de marzo, de la Consejería de Familia,
Juventud y Política Social, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas
aprobadas por Orden 1359/2020, de 25 de junio, a entidades juveniles para la
realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes.
BDNS: 683632

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la Orden citada, cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web www.comunidad.madrid
Primero
Objeto y finalidad
La presente Orden tiene por objeto convocar con cargo al ejercicio presupuestario 2023, las ayudas reguladas en la Orden 1359/2020, de 25 de junio, cuya finalidad es la
realización por las entidades juveniles beneficiarias de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes.
Segundo
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Orden las asociaciones, federaciones, confederaciones y colegios profesionales que trabajen en la promoción, formación, integración de los jóvenes, y que desarrollen su actividad en el territorio
de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1359/2020, de 25 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 julio de 2020 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 162), por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a entidades juveniles para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes, modificada por la Orden 1779/2021, de 19 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud.
Cuarto
El gasto que generan las ayudas, por un importe total de 200.000 euros, se financiará
con cargo al subconcepto presupuestario 48099, del programa 232 A Juventud, de la Dirección General de Juventud de la Comunidad de Madrid, del año 2023.
La Comunidad de Madrid financiará, como máximo, 5.000 euros o el 80 por 100 del
coste total del proyecto. La entidad solicitante deberá aportar el resto, directamente o a través de financiación externa. La cuantía de la ayuda será la que figure en el proyecto de la
solicitud, sin que en ningún caso pueda superar los límites señalados.

BOCM-20230411-45

Financiación, cuantía de las ayudas y límite de la financiación