C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230411-44)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 827/2023, de 17 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que convocan para el año 2023 las ayudas aprobadas por la Orden 1360/2020, de 25 de junio, a municipios de la Comunidad de Madrid, para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 314

MARTES 11 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 85

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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EXTRACTO de la Orden 827/2023, de 17 de marzo, de la Consejería de Familia,
Juventud y Política Social, por la que convocan para el año 2023 las ayudas
aprobadas por la Orden 1360/2020, de 25 de junio, a municipios de la Comunidad de Madrid, para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes.
BNDS: 683631

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la Orden citada, cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web www.comunidad.madrid
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de la presente Orden:
a) Los municipios, mancomunidades, agrupaciones de municipios y demás entidades locales de la Comunidad de Madrid.
b) Las entidades públicas con personalidad jurídica propia dependientes de los municipios anteriores que tengan asumidas competencias en materia de juventud.
Segundo
Objeto
La presente Orden tiene por objeto convocar con cargo al ejercicio presupuestario 2023, las ayudas reguladas en la Orden 1360/2020, de 25 de junio, cuya finalidad es la
realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes, por los municipios beneficiarios.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1360/2020, de 25 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud, publicada
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 162), por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid destinadas a la realización de
proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes, modificada
por la Orden 1779/2021, de 19 de junio, de la Consejería de Educación y Juventud.
Cuarto
El gasto que generan las ayudas, por un importe total de 200.000 euros, se financiará
con cargo al subconcepto presupuestario 46309, del programa 232 A Juventud, de la Dirección General de Juventud de la Comunidad de Madrid, del año 2023.
La Comunidad de Madrid financiará, como máximo, 5.000 euros o el 80 por 100 del
coste total del proyecto. La entidad solicitante deberá aportar el resto, directamente o a través de financiación externa. La cuantía de la ayuda será la que figure en el proyecto de la
solicitud, sin que en ningún caso pueda superar los límites señalados.

BOCM-20230411-44

Financiación, cuantía de las ayudas y límite de la financiación