Coslada (BOCM-20230410-52)
Régimen económico. Padrones impuestos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ABRIL DE 2023

Pág. 325

BOCM-20230410-52

d) Advertencia: transcurrido el plazo de pago voluntario, podrán abonar el impuesto,
antes mencionado, con el 5 por 100 de recargo desde el día 1 de junio de 2023 al 5
de julio de 2023, ambos inclusive, en cualquier sucursal de CaixaBank, utilizando
los impresos que podrán retirar en el Departamento de Recaudación Voluntaria.
Finalizado este último plazo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de
demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Es decir, el recargo de apremio reducido será del 10 por 100 y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda apremiada
antes de la finalización del plazo previsto en el punto 5 del artículo 62 de la LGT. El recargo de apremio será del 20 por 100 cuando la deuda se satisfaga fuera de los plazos mencionados y serán de aplicación en este caso intereses de demora. Todo ello, más las costas que
en su caso correspondan.
Lo que se hace saber para general conocimiento.
Coslada, a 28 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/5.292/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791