C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230410-13)
Crédito presupuestario subvenciones –  Orden de 27 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que modifica la Orden por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible, tramitado de forma anticipada, destinado a financiar la concesión directa de subvenciones, en el año 2023, de la Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en Itinerarios de Inserción, del Programa para el Fomento de la Contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ABRIL DE 2023

Pág. 97

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 27 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que modifica la Orden por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible, tramitado de forma anticipada, destinado a financiar la concesión directa de subvenciones, en el año 2023, de la Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en Itinerarios de Inserción, del Programa para
el Fomento de la Contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Mediante Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se han aprobado las normas reguladoras y se ha establecido el procedimiento de concesión directa de
subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de 28 de diciembre de 2028
se declaró el importe del crédito presupuestario de la Línea 6: Incentivos por contratación de
personas participantes en itinerarios de inserción, del Programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, destinado a atender las obligaciones de
contenido económico que se deriven de la concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995.
No obstante, dado que conforme al artículo 20 del Acuerdo de 28 de diciembre de 2022,
del Consejo de Gobierno, las ayudas comprendidas en la Línea 6 están sujetas a diferente límite máximo de ayudas de minimis y, teniendo en cuenta que el cálculo de la acumulación
de la ayuda en cada caso, requiere la publicación diferenciada en Base de Datos Nacional de
Subvenciones de las subvenciones concedidas, procede separar el importe del crédito asignado a la Línea 6.
Corresponde a la Dirección General del Servicio Público de Empleo, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, el fomento y promoción de la integración laboral de personas con discapacidad y de las que se encuentren en situación o con riesgo de exclusión
social, en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo.
En su virtud, de acuerdo con las competencias atribuidas, y demás legislación vigente,
RESUELVO
Primero

a) Un importe máximo de 50.000 euros se destinará a financiar la concesión directa
de subvenciones de la Línea 6 dirigidas a empresas de inserción.
b) Un importe máximo de 450.000 euros se destinará a financiar la concesión directa
de subvenciones de la Línea 6 dirigidas a entidades sin ánimo de lucro.

BOCM-20230410-13

Declarar que el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa en el año 2023, de la Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en itinerarios de inserción, del
Programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, por
importe de 500.000 euros, se distribuirá de la siguiente manera: