B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230410-3)
Concurso específico –  Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 84

Cuarto
Solicitudes
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se formularán telemáticamente,
cumplimentando el modelo normalizado de “Solicitud para Provisión de Puestos de Trabajo”, al que podrá accederse desde la página web https://tramita.comunidad.madrid , adjuntando la documentación correspondiente que hubiere de aportarse.
En caso de ser varias las plazas solicitadas, se indicará el orden de preferencia de las
mismas.
2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y se presentarán telemáticamente en el plazo de
quince días hábiles desde la fecha de la entrada en vigor de esta convocatoria en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid o en la forma establecida en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
3. Los méritos alegados se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
Quinto
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y publicada en la página web de la Comunidad de Madrid. La misma
estará integrada por:
a) Dos funcionarios de Grupo A1 de la Comunidad de Madrid, de los que uno será
nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión.
b) Cuatro médicos forenses, con un mínimo de diez años de experiencia profesional
como médico forense o que ostenten al menos la categoría de Jefe de Sección en
un Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Estos cuatro médicos forenses serán designados, dos por la Consejería Presidencia, Justicia e Interior y dos a
propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de
Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente
que, en caso de ausencia justificada le sustituirá con voz y voto.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes que, en caso de ausencia justificada, les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos para cuyo ingreso se
exija una titulación igual o superior a la requerida para los puestos convocados.
Una vez recibida la propuesta de las organizaciones sindicales, la autoridad convocante designará a los miembros de esta Comisión y a los suplentes, mediante Resolución, que
se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid.
La Comisión de Valoración podrá solicitar, en cualquier momento del proceso de baremación, la documentación que estime necesaria para la correcta valoración de los méritos alegados.
La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación
de expertos que, en calidad de asesores, actuarán con voz, pero sin voto; tanto la solicitud
como la designación de expertos han de constar por escrito en el expediente. Fuera de este
supuesto, no podrán participar en la Comisión de Valoración más representantes que los indicados en los párrafos anteriores, sin perjuicio de que a dicha Comisión pueda asistir el
personal de apoyo administrativo necesario.
La Comisión de Valoración en su funcionamiento se regirán por lo establecido en la
Sección 3.a del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirá
por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en
la interpretación y aplicación de estas normas.

BOCM-20230410-3

Comisión de Valoración