D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230408-2)
Convenio –  Convenio de 21 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y REPSOL, para la recogida de aceite de cocina usado doméstico en la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 83

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del convenio es articular la colaboración entre REPSOL y la Comunidad de
Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) en un proyecto relativo
al aceite de cocina usado doméstico en el marco de los principios que rigen la economía
circular.
Con el mismo se pretende realizar una acción con impacto social mediante la cual se
conciencie a los ciudadanos de la necesidad de realizar una adecuada gestión del aceite de
cocina usado doméstico para que estos adopten como comportamiento ordinario la recogida separativa y depósito del mismo para su reciclado y, al mismo tiempo, garantizar en dicha acción, contado para ello con la colaboración de REPSOL, su recogida por un gestor
autorizado, su tratamiento y trazabilidad.
Segunda
Actuaciones de las partes
Las Partes valorarán conjuntamente y de buena fe las características, términos y condiciones de las acciones necesarias para implementar el Proyecto, durante todo el tiempo
de vigencia de este Convenio, y decidirán de mutuo acuerdo sobre su apoyo y/o participación, con absoluta libertad para las Partes. En todo caso:
1. La Comunidad de Madrid se compromete a:
— Difundir el proyecto que se implementa mediante el presente Convenio a través de
la página web institucional, así como otros soportes de comunicación e información a la ciudadanía.
— Proporcionar a REPSOL 8.000 botellas de aceite de oliva de entre 100 y 250 ml
que se entregarán a las personas que depositen el UCO en las estaciones de servicio de REPSOL, hasta fin de existencias, como medida de reconocimiento de un
comportamiento cívico y estimular, así, que los ciudadanos madrileños adopten
como comportamiento ordinario la recogida separativa del UCO doméstico y su
depósito para su reciclado.
2. REPSOL se compromete a:
— Difundir el proyecto que se implementa mediante el presente Convenio a través de
las redes institucionales de comunicación e información general a la ciudadanía.
— Habilitar un espacio en las estaciones de servicio, adheridas a la iniciativa, en las
que los ciudadanos puedan depositar el UCO y recibir una botella de aceite como
medida de reconocimiento de un comportamiento cívico, hasta fin de existencias.
— Contratar un agregador certificado que recogerá y filtrará el aceite.
— Destinar el aceite recogido a proyectos de desarrollo de biocombustible.
El incumplimiento por alguna de las Partes de los compromisos y obligaciones asumidas en el Convenio dará lugar a la terminación del mismo. En caso de incumplimiento de los
compromisos asumidos, cualquiera de las Partes podrá instar la resolución del presente Convenio, previo requerimiento a la parte incumplidora, de acuerdo con las previsiones del artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera
El presente Convenio surte efectos única y exclusivamente entre las Partes, sin crear,
en ningún caso, derechos a favor de terceros.
No obstante lo anterior, las Partes podrán proponer la incorporación y participación de
otras entidades (públicas y privadas) que contribuyan a la consecución de los fines del presente convenio incluyendo (sin ánimo exhaustivo), en el caso de la Consejería, cualquier
entidad u organismo adscrito a la misma y, en el caso de REPSOL, las sociedades pertenecientes a sus respectivos grupos empresariales, considerándose como tales las que cumplan
los requisitos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio.

BOCM-20230408-2

Ámbito subjetivo