D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230406-2)
Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Fundación Altius España para promover la acción social a favor de los usuarios de los Comedores Sociales para mejorar su situación y procurar su integración social
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 82

Cuarto
Por su parte, el artículo 7 del citado Decreto 208/2021, establece que corresponde a la
Dirección General de Servicios Sociales, entre otras competencias, el fomento y desarrollo
de programas sociales dirigidos a población vulnerable complementarios de los servicios
sociales normalizados, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la
consejería y a distintas administraciones públicas, así como la asignación de plazas de comedores sociales.
Quinto: La Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS), organismo autónomo de
carácter administrativo adscrito a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, de
la Comunidad de Madrid, a tenor de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 9/2015, de 28 de
diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, en su apartado dos, asume como funciones “la gestión directa, el desarrollo y el control de los centros
y servicios de asistencia social especializados para personas mayores, personas con discapacidad intelectual, menores en acogida y adultos con necesidades sociales concretas que,
siendo de titularidad de la Comunidad de Madrid, le han sido asignados de conformidad con
la normativa aplicable, así como de los que se le asignen en el futuro”.
Sexto
Por su parte, el Decreto 230/2015, de 20 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Agencia Madrileña de Atención Social, atribuye en su artículo 3 a su Gerencia una serie de competencias, entre las que se encuentra: “Implantar programas y acciones integrales de mejora de la atención directa de los usuarios, sus
aspectos asistenciales, sociales y lúdicos, garantizando una atención personalizada, así
como la mejora de la calidad de los servicios”.
En el Anexo de este Decreto se recogen los comedores sociales de Canarias, Plaza
Elíptica, Santa Isabel y San José como centros adscritos a la Agencia Madrileña de Atención Social.
Séptimo
Que la Fundación Altius España tiene por objeto promover la acción social a favor de
las personas que sufren desigualdad, exclusión social o maltrato, con el fin de contribuir a
mejorar su situación y procurar su integración social; así como, en otro ámbito, la ayuda humanitaria, la cooperación al desarrollo en los países en vías de desarrollo o víctimas de catástrofes y la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.
Octavo
Que ambas instituciones están de acuerdo en aunar esfuerzos dentro del marco de competencias que es propio de cada una de ellas, para emprender convenios de colaboración en
una amplia gama de materias, (elaboración de estudios sociales, intervención social, formación en inserción laboral, etc.).
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente Convenio es el establecimiento de las condiciones y requisitos
a las que se ajustará la colaboración entre la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social Comunidad de Madrid, y la Fundación Altius España con el objetivo de mitigar la
situación de aislamiento y vulnerabilidad social y laboral de las personas usuarias de los comedores sociales comedores sociales de la Comunidad de Madrid.
Dicha colaboración se sustentará en la acción directa con aquellos usuarios de los comedores sociales que reúnan los requisitos regulados en el presente Convenio y consistirá
tanto en procurar su integración social como en mejorar su inserción laboral a través del diseño y creación de itinerarios específicos.

BOCM-20230406-2

Objeto